cono de abrams
Cuerpo Legal
Institución
Fecha Publicación
Nombre
Descripción de la(s) Regulación(es) a Controlar
Calidad del Agua
D.F. L.
Nº 725
Ministerio de Justicia
31-01-1968
Código Sanitario. Título "De la Higiene y Seguridad del Ambiente", Párrafo "De las Aguas y sus Usos Sanitarios" Artículos 70,71, 72, 73 y 74.
D.S.
Nº 867
Ministerio de Obras Públicas
05-07-1978
DeclaraNorma Chilena Oficial 1.333 Establece Requisitos de Calidad del Agua para Diferentes Usos. Modificada por D.S. Nº 105 de 1987 del Ministerio de Obras Publicas.
Aplica uso agua: consumo humano, bebida animales, riego, recreación y estética, vida acuática.
D.S.
Nº 105
Ministerio de Obras Públicas
22-05-1987
Deja sin efecto Decreto Nº 51 de 1987 y Sustituye Párrafo Final del Punto 6.1.2 de laNCh 1333 Of. 78 Declara oficial Norma NCH 333 Of.38. Req. Calidad agua.
Se autoriza al Ministerio de Obras Públicas para dar valores mayores o menores de los límites máximos de la Tabla 1. NCh 1333 Of78.
D.S.
Nº 501
Ministerio de Obras Públicas
08-02-1996
Declara Normas Oficiales de la República de Chile las que indica, referentes a la calidad del agua.
Diseño programas de muestreostécnicos y preservación y manejo de las muestras.
Res.
Nº 1.145
Ministerio de Obras Públicas
24-06-1997
Requisitos para laboratorios de Aguas del Área Sanitaria y Dispone Plazos de Cumplimiento.
Establece los requisitos exigidos por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de los laboratorios que analizan parámetros NCh 409/84, NCh 2280/96, RILES-Descargas a sistemas públicos de recolección deaguas servidas y norma técnica relativa a descargas de RILES directos aguas superficiales y subterráneas.
D.S.
Nº 84
Ministerio de Obras Públicas
19-02-1998
Declara Norma Oficial de la República de Chile.
La NCh. 411/6 Calidad del Agua - Muestreo – Parte 6º: Guía para el muestreo de ríos y cursos de agua.
Regulación de Descargas
Ley
Nº 3.133
(Derogada)
•
07-09-1916
Neutralización deResiduos Provenientes de Establecimientos Industriales.
La ley fue derogada por la ley Nº 19.821, publicada en el Diario Oficial el 24 de agosto de 2002.
No vaciar en acueductos, cauces artificiales o naturales, que conduzcan aguas o en vertientes, lagos, lagunas o depósitos de agua, los RILES que contengan sustancias nocivas a la bebida o el riego sin previa neutralización o depuración detales residuos. En ningún caso arrojar a dichos cauces o depósitos materias sólidas ni semillas perjudiciales agricultura.
Ver art. 89 del SEIA.
D.S.
Nº 2.491
Ministerio de Obras Públicas
30-11-1916
Reglamento para la aplicación de la Ley Nº 3.133.
Derogado por el D.S. Nº 351, de fecha 23 de febrero de 1993, del Ministerio de Obras Públicas, en todo lo que se refiere a los residuosindustriales líquidos de que trata el Reglamento.
D.F.L.
Nº 208
Ministerio de Agricultura
03-08-1953
Prohibe arrojar al mar, ríos y lagos los residuos o lavados de las industrias.
Crea un Consejo Consultivo de Pesca y Caza.
Queda prohibido arrojar al mar, ríos y lagos, los residuos o lavados de industrias agrícolas... mineros, nocivos vida peces o mariscos, sin que previamente purificados o diluidos.Los relaves mineros no pueden depositarse en lugares que puedan ser arrastrados por el mar, ríos o lagos.
D.F.L.
Nº 725
Ministerio de Justicia
31-01-1968
Código Sanitario. Título "De la Higiene y Seguridad del Ambiente", Párrafo "De las Aguas y sus Usos Sanitarios" Artículos 70,71, 72, 73 y 74.
D.F.L.
Nº 1.122
Ministerio de Justicia
29-10-1981
Código de Aguas.
• Los artículos 14 y92 Regulan el uso de los recursos hídricos y prohiben descargar basuras, sustancias, desperdicios y otros objetos similares a los canales. Los artículos 41, 56 y 171 sobre Modificación de cauces naturales o superficiales.
Res.
Nº 263
Ministerio de Obras Públicas
Dirección General de Aguas
25-06-1987
Establece condiciones para el vaciamiento de los efluentes del Embalse Caren de División...
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