CONS001U1CodigodeAguasA19032006
Páginas: 138 (34366 palabras)
Publicado: 9 de mayo de 2015
-------------------------------------------------------------------------------Identificación de la Norma
: DFL-1122
Fecha de Publicación
: 29.10.1981
Fecha de Promulgación
: 13.08.1981
Organismo
: MINISTERIO DE JUSTICIA
Ultima Modificación
: LEY-20017 16.06.2005
FIJA TEXTO DEL CODIGO DE AGUAS
Santiago, 13 de Agosto de 1981.
Hoy se decretó lo que sigue:
D.F.L. N°1.122. Visto: la facultad que me otorga el
artículo 2°, del decreto ley N° 2.603, de 1979,
prorrogada por el decreto ley N° 3.337, de 1980, y
renovada por el decreto ley N° 3.549, de 1981, dicto el
siguiente
DECRETO CON FUERZA DE LEY
LIBRO PRIMERO (ARTS. 1-129)
DE LAS AGUAS Y DEL DERECHO DE APROVECHAMIENTO
Título I (ARTS. 1-4)
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1° Las aguas se dividen en marítimasy
terrestres. Las disposiciones de este código sólo se
aplican a las aguas terrestres.
Son aguas fluviales las que proceden inmediatamente
de las lluvias, las cuales serán marítimas o
terrestres según donde se precipiten.
Art. 2° Las aguas terrestres son superficiales o
subterráneas.
Son aguas superficiales aquellas que se encuentran
naturalmente a la vista del hombre y pueden ser
corrientes odetenidas.
Son aguas corrientes las que escurren por cauces
naturales o artificiales.
Son aguas detenidas las que están acumuladas en
depósitos naturales o artificiales, tales como lagos,
lagunas, pantanos, charcas, aguadas, ciénagas,
estanques o embalses.
Son aguas subterráneas las que están ocultas en el
seno de la tierra y no han sido alumbradas.
Art. 3° Las aguas que afluyen, continua odiscontinuamente, superficial o subterráneamente, a una
misma cuenca u hoya hidrográfica, son parte integrante
de una misma corriente.
La cuenca u hoya hidrográfica de un caudal de aguas
la forman todos los afluentes, subafluentes, quebradas,
esteros, lagos y lagunas que afluyen a ella, en forma
continua o discontinua, superficial o subterráneamente.
Art. 4° Atendida su naturaleza, las aguas son
muebles,pero destinadas al uso, cultivo o beneficio de
un inmueble se reputan inmuebles.
Título II (ARTS. 5-19)
DEL DOMINIO Y APROVECHAMIENTO DE LAS AGUAS
NOTA:
1
Ver art. 19, N° 24, inciso último de la
Constitución Política de la República, de 1980.
Art. 5° Las aguas son bienes nacionales de uso
público y se otorga a los particulares el derecho de
aprovechamiento de ellas, en conformidad a lasdisposiciones del presente código.
NOTA:
2
Ver art. 589, inciso segundo, del Código Civil.
Art. 6° El derecho de aprovechamiento es un derecho
real que recae sobre las aguas y consiste en el uso y
goce de ellas, con los requisitos y en conformidad a las
reglas que prescribe este código.
El derecho de aprovechamiento sobre las aguas es de
dominio de su titular, quien podrá usar, gozar y
disponer de él enconformidad a la ley.
Si el titular renunciare total o parcialmente a su
derecho de aprovechamiento, deberá hacerlo mediante
escritura pública que se inscribirá o anotará, según
corresponda, en el Registro de Propiedad de Aguas del
Conservador de Bienes Raíces competente. El Conservador
de Bienes Raíces informará de lo anterior a la Dirección
General de Aguas, en los términos previstos por elartículo 122. En todo caso, la renuncia no podrá ser en
perjuicio de terceros, en especial si disminuye el
activo del renunciante en relación con el derecho de
prenda general de los acreedores.
NOTA:
Ver artículo 19, Nº 24, inciso último de la
Constitución Política de la República, de 1980.
NOTA:
1
Ver art. 19, N° 24, inciso último de la
Constitución Política de la República, de 1980.
Art. 7° El derechode aprovechamiento se expresará
en volumen por unidad de tiempo.
NOTA:
1
Ver art. 19, N° 24, inciso último de la
Constitución Política de la República, de 1980.
Art. 8° El que tiene un derecho de aprovechamiento
lo tiene, igualmente, a los medios necesarios para
ejercitarlos. Así, el que tiene derecho a sacar agua de
una fuente situada en la heredad vecina, tiene el
derecho de tránsito para ir a...
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