Consejo Comunal
PRIMERA PARTE
Si en la comunidad nunca se ha formado un consejo comunal se deben seguir los siguientes pasos:
Se formará un equipo de personas habitantes de la comunidad que desean conformar el consejo comunal, de acuerdo a la Ley Orgánica de los Consejos Comunales:
Artículo 5. El equipo promotor es la instancia conformada por un grupo deciudadanos y ciudadanas que asumen la iniciativa de difundir, promover e informar la organización de su comunidad a los efectos de la constitución del consejo comunal y deberá notificar su conformación y actuaciones ante el órgano rector. El equipo promotor cesará en sus funciones una vez que sea instalada la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.
El órgano rector es FUNDACOMUNAL, ente del Ministerio delPoder Popular para las Comunas y Protección Social, al cual se dirigirán las personas que conformarán el equipo promotor para que se le asigne, según su parroquia, el Promotor Integral, el cual les orientará y les suministrará los formatos para el registro de la COMISIÓN PROMOTORA.
Este equipo de acuerdo a la Ley tendrá las funciones para las cuales tendrá sesenta (60) días continuos:
Artículo 6.El equipo promotor tendrá las siguientes funciones:
1. Difundir entre los habitantes de la comunidad el alcance, objeto y fines del consejo comunal.
2. Elaborar un croquis del ámbito geográfico de la comunidad.
3. Organizar la realización del censo demográfico y socioeconómico de la comunidad.
4. Convocar la primera Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, en un lapso no mayor de sesenta días apartir de su conformación.
1.- La primera función del equipo promotor es difundir los tres (3) primeros artículos de la LOCC que contienen “el alcance, objeto y fines del consejo comunal”:
2 Función.- En esas reuniones definir cuál es la comunidad, de acuerdo a la Ley Orgánica de los Consejos Comunales:
Artículo 4. A los efectos de la presente Ley se entiende por:
1. Comunidad: núcleo espacialbásico e indivisible constituido por personas y familias que habitan en un ámbito geográfico determinado, vinculadas por características e intereses comunes; comparten una historia, necesidades y potencialidades culturales, económicas, sociales, territoriales y de otra índole.
De acuerdo a lo anterior, el espacio de la comunidad es indivisible, es decir sus límites no pueden dividirse a capricho,por ejemplo: un edificio no puede pertenecer a dos o más consejos comunales, una manzana de casas no puede ser dividido en dos ó más consejos comunales, entre otras.
“… constituido por personas y familias que habitan en un ámbito geográfico determinado” ¿Qué es el ámbito geográfico? El mismo artículo nos aclara:
2. Ámbito geográfico: es el territorio que ocupan los habitantes de la comunidad,cuyos límites geográficos se establecen o ratifican en Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, de acuerdo con sus particularidades y considerando la base poblacional de la comunidad.
Es decir el ámbito geográfico limita la comunidad por los cuatro puntos cardinales: norte, este, sur y oeste. En ese ámbito hay un mínimo y un máximo de base poblacional.
Definido el ámbito geográfico realizar el croquisdel ámbito que tendrá la comunidad del consejo comunal, que ya deberá tener un nombre tentativo. Y ahora ¿Qué es eso de base poblacional? El mismo artículo numeral 3 establece:
3. Base poblacional de la comunidad: es el número de habitantes dentro del ámbito geográfico que integra una comunidad. Se tendrá como referencia para constituir el consejo comunal: en el ámbito urbano entre cientocincuenta y cuatrocientas familias; en el ámbito rural a partir de veinte familias y para las comunidades indígenas a partir de diez familias; manteniendo la indivisibilidad de la comunidad y garantizando el ejercicio del gobierno comunitario y la democracia protagónica.
La comunidad decide de cuánto será la base poblacional de su consejo comunal, desde 150 familias mínimo, hasta 400 familias máximo...
Regístrate para leer el documento completo.