Consejo De Estado
Señor (a)
GUEVARA TRILLOS GIOVANNY
MZ 21 CA 24 VILLA MIRIAM
VALLEDUPAR - CESAR
(4104)
Respetados señores:
Reciban un cordial saludo en nombre deSalud Total EPS y nuest ro agradecimiento por la
consolidación de la alianza estra tégica que nos une, en beneficio de las metas que nos hemos
impuesto y del bienestar de los colombianos.
Con la firmeintención de sostene r un contacto directo con los empleadores y consolidar canale s de
comunicación claros y eficientes, nos pe rmit imos informa rle los ca mbios realizados e n el tema deprestaciones económicas a la luz de la normatividad vige nte.
Descuento de prestaciones económicas del pago de Cotiz aciones:
H asta el martes, 31 de julio del año 2012, podrá seguir efectuando eldescuento de Prestaciones
Económica s del valor de las cotizaciones a Salud media nte la Planilla Integrada de Liquida ción de
Aportes (PILA), de acuerdo a lo estipulado en la Resolución 1747 del 21 demayo 2008 (Artículo
32).
Desde el miércoles, 1 de agosto de l 2012 no podrá efectuar la de ducción de las prestaciones
económicas de las cotiza ciones efectuadas por PILA, de acuerdo a lo estipuladopor el Decreto 4023
del 28 de Octubre de 2011, tal y como lo establece el siguiente apartado:
Articulo 24, Pago de Prestaciones económicas: a partir de la fecha de entrada en vigencia de
lascuentas mae stras de recaudo, los aportantes y trabajadores independientes no podrán deducir
de las cotizaciones en salud, los valores correspondientes a incapacidades por enfermedad general
y licencias de maternidad y/o paternidad.
El pago de las prestaciones económicas al aportante será realizado directamente por la
EPS y EOC, a través de reconocimiento directo o transferencia electrónica enun plazo no
mayor a 5 días hábiles, contados a partir de la liquidación de la prestación económica por
parte de la EPS o EOC. L a revisión y liquidación de las solicit udes de reconocimientos de...
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