Consejo de trabajadores y trabajadoras
TRABAJADORES Y TRABAJADORAS
VERSIÓN 15/11/2010
Capítulo I
Disposiciones Generales
Objeto
Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto establecer el ordenamiento jurídico para la constitución, conformación, organización y funcionamiento de los Consejos Socialistas de Trabajadores y Trabajadoras en el marco del ejercicio delderecho constitucional de los trabajadores y trabajadoras como instancia de participación protagónica para el ejercicio de la soberanía del control directivo en los procesos productivos, administrativos, políticos y socioculturales en los centros de trabajo y áreas de actividad laboral, así como su incidencia protagónica en los procesos sociopolíticos en los ámbitos locales, regionales y nacional,impulsando la transformación integral del sistema socioeconómico, sobre la base del ejercicio del papel dirigente de la clase trabajadora en la construcción de la nueva sociedad, el desarrollo armónico de la economía con el fortalecimiento de la propiedad social y colectiva y la justa distribución de la riqueza.
Ámbito de aplicación.
Artículo 2. Las disposiciones de esta Ley son aplicables a todocentro de trabajo, establecimiento de trabajo y área de actividad laboral, de carácter público, privado o mixto existente o que se establezca en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela. De igual modo, es aplicable para aquellos centros de trabajo instalados por la República fuera del territorio nacional con personal venezolano.
Principios y valores
Artículo 3. Laorganización, funcionamiento y acción de los Consejos Socialistas de Trabajadores y Trabajadoras se rige por los principios y valores irrenunciables de independencia de clase, unidad y solidaridad clasista y popular, lucha por la liberación de toda explotación laboral, disciplina consciente, ejercicio de la crítica y la autocrítica constructivas, dirección colectiva, internacionalismo proletario. Su accionarse orienta igualmente, conforme a los principios constitucionales de: corresponsabilidad social, cooperación, rendición de cuentas, honestidad, manejo transparente, oportuno y eficaz de los recursos que dispongan para el funcionamiento del Consejo, eficiencia, eficacia en el trabajo, equidad, justicia, integración, ayuda mutua, igualdad social, política, cultural y de género, participación,democracia, identidad nacional, libre debate de las ideas, celeridad, coordinación, solidaridad, rendición de cuentas, bien común, humanismo, territorialidad, colectivismo, ética, responsabilidad social, control social, libertad, trabajo voluntario, con el fin de establecer la base sociopolítica del socialismo que consolide un nuevo modelo político, social, cultural y económico.
DefinicionesArtículo 4. A los efectos de esta Ley se entiende por:
Consejo Socialista de Trabajadores y Trabajadoras: Forma de organización fundamental del poder popular, concebida para la participación activa y protagónica de los trabajadores y las trabajadoras en el ejercicio real y efectivo del control sobre los procesos productivos y administrativos y para ejercer la dirección de los procesos sociopolíticosen los centros de trabajo y áreas de actividad laboral en general, incidiendo de manera protagónica en la dinámica social, política, económica y cultural del proceso revolucionario venezolano, con el fin de crear las bases materiales y espirituales para la construcción, consolidación y desarrollo de las relaciones socialistas de producción. No son organizaciones sindicales ni sustituyen lasfunciones propias de éstas, aunque pueden compartir responsabilidades y apoyarse mutuamente, especialmente para formar la conciencia de clase, procurar la unidad de los trabajadores y trabajadoras y salvaguardar sus derechos sociales, económicos, culturales y políticos.
Centro de Trabajo: Toda unidad de producción de bienes y servicios, de carácter público, privado o mixto, donde labora un número...
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