Consejo Nacional De Fomento Educativo
fundamento en el Artículo 3º de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, y en los Artículos 32, 33 y 34 del
Capítulo III “Dela equidad en educación” de la Ley General de
Educación,
Convoca
A egresados de la Universidad Pedagógica Nacional (UPN) o
de alguna institución formadora de docentes, a participar
como AsesoresPedagógicos Itinerantes (API), de acuerdo
con las bases de esta convocatoria.
Objetivo
Realizar acciones de intervención pedagógica mediante la
colaboración de profesionales de la docencia oegresados de
otra licenciatura que cuenten con experiencia en educación
básica comprobada, para mejorar los aprendizajes de niños
en situación de desventaja en el desempeño escolar de
primariacomunitaria rural e indígena, y asesorar a los
instructores comunitarios con estrategias que les permitan
mejorar los procesos educativos que suceden en el aula,
involucrando la participación de lospadres de familia.
Bases
PRIMERA. Cobertura
Esta estrategia será instrumentada en servicios de educación
comunitaria del Conafe de nivel primaria (rural e indígena)
ubicados en localidades que cumplanlos criterios de selección
descritos más adelante en estos lineamientos.
SEGUNDA. Requisitos para participar
Ser recién egresados (máximo 5 años) de la Universidad
Pedagógica Nacional o de algunainstitución formadora de
docentes a nivel licenciatura (Pedagogía, Psicología
Educativa, Historia, Geografía, Innovación Educativa,
Intervención Pedagógica, Ciencias de la Educación, Física,Matemáticas, Biología, Español) con excepción de
Educación Física, Inglés y Educación Preescolar.
Para el caso de aspirantes de otras carreras, podrán
participar aquellos que:
Hayan sido instructorescomunitarios de primaria o
secundaria durante por lo menos un ciclo escolar
completo.
Cuenten con experiencia en educación primaria o
secundaria comprobada.
Podrán ser API los asesores de...
Regístrate para leer el documento completo.