CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Y EL AMBITO DE SUS COMPETENCIAS EN PERU

Páginas: 5 (1221 palabras) Publicado: 6 de septiembre de 2014
¿Actualmente el Consejo Nacional de la Magistratura puede destituir a un magistrado del Poder Judicial por haber cometido un hecho grave que, sin ser delito o infracción constitucional, compromete la dignidad de su cargo y los desmerece en el concepto público?
Al considerar al ordenamiento jurídico peruano como un sistema unitario, de donde todo se deriva desde un punto originario en común.Existen normas inferiores y superiores, todas organizadas jerárquicamente. En el escalón más alto ubicamos la primacía de la Constitución en tanto que fue constituida por el poder original, es decir el poder constituyente.
Así, la Constitución al establecerse el escalón mas alto realiza la producción jurídica que es una expresión de poder, en tanto que designa de acuerdo a límites materiales, elcontenido de la norma; y de acuerdo a límites formales, el procedimiento por el cual se crean normas.
Entonces, considerando lo establecido en el párrafo 12 de la sentencia del 3 de septiembre del 2010 (EXP. 01873-2009-PA/TC), los principios generales del derecho penal son aplicables también en el derecho administrativo sancionador. Concretamente la sentencia se refiere a dos: Principio delegalidad y Principio de tipicidad. Por lo tanto la destitución de un magistrado, siendo esta una sanción administrativa, debe seguir dichos principios.
En base a lo anterior, en el art. 55 de la Ley de la Carrera Judicial se define: “La destitución consiste en la cancelación del título de juez debido a falta disciplinaria muy grave…”. Asimismo en su art. 48 se estipulan los 14 supuesto de faltas muygraves. Dentro de esos supuestos no se establece taxativamente que se puede destituir a un magistrado del Poder Judicial por haber cometido un hecho grave que sin ser delito o infracción constitucional, compromete la dignidad de su cargo y lo desmerece en el concepto público. Esto podría inferirse el inciso 12 del art. 48: “incurrir en un acto u omisión que sin ser delito vulnere gravemente losdeberes del cargo previstos en la ley”; sin embargo, ambos supuestos no son equivalentes si se observan en correspondencia con los principios anteriormente mencionados y aplicar la sanción los transgrediría. En contraposición, en el art. 31 de la Ley Orgánica del CNM si cumple a cabalidad con estos dos principios al establecer: “Se procede a aplicar destitución por las siguientes causas (…) 2. Lacomisión de un hecho grave que sin ser delito o infracción constitucional comprometa la dignidad del cargo y la desmerezca en el concepto público”
En ese sentido, según el artículo 106 de la Constitución, mediante leyes orgánicas se regulan la estructura y el funcionamiento de las entidades del Estado previstas en la Constitución (…) De acuerdo con éste artículo, el Poder Judicial y el ConsejoNacional de la Magistratura son dos de las entidades susceptible a ser reguladas por una ley orgánica. De este modo, el artículo 211º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial menciona que procede aplicarse la destitución al magistrado (…) que ha cometido hecho grave que sin ser delito, compromete la dignidad del cargo y desmerezca el concepto público. De la misma manera elartículo 31º de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura modificado por el artículo 2º numeral 2 de la Ley Nº 27386 también menciona que se procederá a aplicar la destitución por la comisión de u hecho grave que, sin ser delito o infracción constitucional compromete la dignidad el cargo y desmerezca el concepto público.
Por lo mencionado anteriormente, entonces nos encontraríamosante un supuesto de colisión de competencias, en tanto que el Poder judicial como también el Consejo Nacional de la Magistratura puede proceder a destituir a un magistrado por incurrir en una falta grave que sin ser delito comprometa la dignidad del cargo. En este sentido, mediante una disposición complementaria derogatoria única, se derogaron los artículos 206 al 2016 (incluyéndose en este rango...
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