Consejo Nacional De Valores
NATURALEZA Y COMPOSICIÓN.-
De acuerdo a Ley de Mercado de Valores de 23 de Julio de 1998, el Consejo Nacional de Valores es el Organismo encargado de establecer la política general del mercado de valores y de regular su actividad. Está adscrito a la Superintendencia de Compañías e integrado por siete miembros:
Cuatro del sector público
• Superintendente deCompañías, quien lo presidirá
• delegado del Presidente de la República
• Superintendente de Bancos y Seguros
• el Presidente del Directorio del Banco Central del Ecuador
Tres del sector privado
• designados por el Presidente de la República de las ternas enviadas por el Superintendente de Compañías.
El Superintendente de Compañías cuidará que las designaciones del sector privado establezcanun equilibrio regional.
Los miembros del sector privado deberán ser ecuatorianos, mayores de treinta y cinco años de edad, poseer título universitario relacionado con el área, demostrar experiencia de por lo menos cinco años en materia económica o en el mercado de valores. Certificar rectitud y capacidad en el ejercicio de su profesión y de las funciones desempeñadas. No encontrarse incurso enlas prohibiciones establecidas en el artículo 123 de la Constitución Política de la República ni ser empleados de las instituciones del Estado.
Los miembros del sector privado durarán cuatro años en sus funciones.
LAS SESIONES.- El C.N.V. sesionará obligatoriamente, de manera ordinaria, por lo menos una vez al mes; y, extraordinariamente cuando lo convoque su presidente o subrogante. Esteorganismo no podrá sesionar sino con la asistencia de al menos cinco de sus miembros. Las decisiones se adoptarán con el voto de al menos cinco de ellos.
Si un miembro del C.N.V., su cónyuge o conviviente en unión de hecho, sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, o sus socios o partícipes en compañías o empresas vinculadas tuvieren interés en la discusión odecisión sobre determinado asunto, dicho miembro no podrá participar en tal discusión o decisión y deberá retirarse de la sesión por el tiempo que dure el tratamiento del asunto.
LOS IMPEDIMENTOS.- No podrán ser miembros del sector privado ante el C.N.V. ni delegados de los miembros del sector público:
1. Los cónyuges o convivientes en unión de hecho, o quienes fueren parientes entre sí de unode los demás miembros del C.N.V., dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad;
2. Quienes hayan sido condenados, mediante sentencia ejecutoriada, al pago de obligaciones con instituciones del sistema financiero o por obligaciones tributarias, así como los que hubieren incumplido un laudo dictado por un tribunal de arbitraje, mientras esté pendiente la obligación.
Quienesjudicialmente hayan sido declarados insolventes; los representantes legales y administradores de compañías que se hayan sometido a procesos de concurso preventivo o concordato y quienes tengan glosas confirmadas en última instancia por la Contraloría General del Estado o los tribunales distritales de lo contencioso administrativo según el caso;
3. Los impedidos de ejercer el comercio y quieneshayan sido condenados por delitos contra la propiedad, las personas, la fe pública o la administración pública; así como los sancionados con inhabilitación o remoción de su cargo por la Superintendencia de Compañías o de Bancos y Seguros, bolsas de valores o asociaciones de autorregulación;
4. Quienes fueren condenados mediante sentencia ejecutoriada por los delitos tipificados en la Ley sobreSustancias Estupefacientes y Psicotrópicas;
5. Los que se encontraren o se hayan encontrado en estado de quiebra o hubieren sido declarados insolventes, aún cuando posteriormente hayan sido rehabilitados;
6. Los que estuvieren inhabilitados para ejercer cargos públicos en general, o cargos directivos en instituciones del sistema financiero o sociedades mercantiles;
7. Quienes directa o...
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