Consentimiento
CONTRATO
DEFINICIÓN: Del latín Contractus, derivado asu vez del verbo contraer, regir, lograr, concertar.
Es un acto jurídico bilateral que se constituye por el acuerdo de voluntades de dos o más personas y que produce ciertas consecuencias jurídicas(crear o transmitir derechos y obligaciones).
Es un acuerdo de voluntades para crear o transmitir derechos y obligaciones.
Los derechos y obligaciones que engendra o transmite el contrato, no solo hayderechos personales, sino también reales. Existen contratos que originan exclusivamente derechos personales y puede haber contratos que exclusivamente tengan por objeto dar nacimiento a derechosreales.
Los derechos reales están específicamente precisados en la legislación y por esta razón se dice que son de número limitado: propiedad, usufructo, servidumbre, uso y habitación y los que sirven degarantía para un derecho de crédito prenda e hipoteca.
Los derechos personales se encuentran protegidos por una acción personal, así llamada porque pueden dirigirse únicamente contra el sujeto deuna relación y no solo los que regula la legislación sino que pueden idearse en formas no denominadas o atípicas.
Hay contratos, como el mandato, el depósito el comodato y el arrendamiento, que creanexclusivamente derechos personales.
ELEMENTOS ESENCIALES DEL CONTRATO
1. El consentimiento puede ser expreso o tácito.
Definición: es el acuerdo de voluntades respecto a un objetocomún que consiste en producir consecuencias jurídicas que son la creación, la transmisión, modificación o extinción de obligaciones.
Ruggiero afirma: “consentimiento es la coincidencia de dosdeclaraciones de voluntades que procediendo de sujetos diversos concurren a un fin común y se unen. Dirigidas una de ellas, a prometer y la otra a aceptar.
Expresa Baudry Lacantinerie y Gaudemet “el...
Regístrate para leer el documento completo.