CONSERVACION DE MENSAJES DE DATOS
LEY Nº 4.017
DE VALIDEZ JURÍDICA DE LA FIRMA ELECTRÓNICA, LA FIRMA DIGITAL, LOS MENSAJES DE DATOS Y EL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYASANCIONA CON FUERZA DE
LEY
TÍTULO PRIMERO
Disposiciones Generales
Artículo 1°.- Objeto y ámbito de aplicación. La presente Ley reconoce la validez jurídica de la firmaelectrónica, la firma digital, los mensajes de datos, el expediente electrónico y regula la utilización de los mismos, las empresas certificadoras, su habilitación y la prestación de los servicios decertificación.
Artículo 2°.- Definiciones. A efectos de la presente Ley, se entenderá por:
Mensaje de datos: es toda información generada, enviada, recibida, archivada o comunicada por medioselectrónicos, ópticos o similares, como pudieran ser, entre otros, el intercambio electrónico de datos (EDI), el correo electrónico, el telegrama, el télex o el telefax, siendo esta enumeración meramenteenunciativa y no limitativa.
TÍTULO SEGUNDO
Sección I
De los Mensajes de Datos
Artículo 8°.- Conservación de los mensajes de datos. Cuando la ley requiera que ciertos documentos, registroso informaciones sean conservados en su forma original, ese requisito quedará satisfecho con un mensaje de datos que los reproduzca, si:
a) existe una garantía confiable de que se ha conservado laintegridad de la información, a partir del momento en que se generó por primera vez su forma definitiva, como mensaje de datos u otra forma. Esta garantía quedará cumplida si al mensaje de datosresultante se aplica la firma digital del responsable de la conservación;
b) la información que contenga sea accesible para su ulterior consulta;
c) el mensaje de datos sea conservado con el formatoque se haya generado, enviado o recibido o con algún formato que sea demostrable que reproduce con exactitud la información generada, enviada o recibida; y,
d) se conserve, de haber alguno,...
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