Consideraciones de la Corte
El 13 de diciembre de 1998 en Santo Domingo, una bomba tipo cluster, lanzada por la fuerza aérea causo la muerte de 17 personas y causo heridas a 27más, hoy 14 años después la Corte Interamericana condenó al estado por esta masacre.
La Corte declara:
1. El Estado es responsable por la violación del derecho a la vida, reconocido en el artículo 4.1de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con el artículo 1.1 de dicho instrumento, en perjuicio de las personas fallecidas en los hechos del 13 de diciembre de 1998 en SantoDomingo, y en relación con el artículo 19 de la misma respecto de las víctimas niñas y niños fallecidos, todas ellas referenciadas en el anexo I, de conformidad con lo expuesto en los párrafos 187 a 241 dela presente Sentencia.
2. El Estado es responsable por la violación del derecho a la integridad personal, reconocido en el artículo 5.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relacióncon el artículo 1.1 de dicho instrumento, en perjuicio de las personas que resultaron heridas en los hechos del 13 de diciembre de 1998 en Santo Domingo, y en relación con el artículo 19 de la mismarespecto de las víctimas niñas y niños, todas ellas referenciadas en el anexo II, de conformidad con lo expuesto en los párrafos 187 a 241 de la presente Sentencia.
3. El Estado es responsable por laviolación del derecho a la integridad personal reconocido en el artículo 5.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con el artículo 1.1 de dicho instrumento, en perjuicio de losfamiliares de las víctimas de los hechos ocurridos en Santo Domingo el 13 de diciembre de 1998, de conformidad con lo expuesto en los párrafos 242 a 244 de la presente Sentencia.
4. El Estado esresponsable por la violación del derecho a la propiedad privada, reconocido en el artículo 21 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con el artículo 1.1 de la misma, en...
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