Constitucion politica de 1991 en colombia
PARA: DEPOSITOS PÚBLICOS Y PRIVADOS, SOCIEDADES DE INTERMEDIACIÓN ADUANERA, SOCIEDADES PORTUARIAS, USUARIOS OPERADORES, INDUSTRIALES Y COMERCIALES DE ZONAS FRANCAS,EMPRESAS TRANSPORTADORAS, AGENTES DE CARGA INTERNACIONAL, INTERMEDIARIOS DE TRÁFICO POSTAL Y ENVÍOS URGENTES, EMPRESAS DE MENSAJERÍA, USUARIOS ADUANEROS PERMANENTES, USUARIOS ALTAMENTE EXPORTADORES, LOSDEMÁS AUXILIARES DE LA FUNCIÓN ADUANERA Y PROFESIONALES DEL CAMBIO DE DIVISAS.
ASUNTO: PREVENCIÓN Y CONTROL AL LAVADO DE ACTIVOS
LA PRESENTE CIRCULAR SUSTITUYE LA CIRCULAR 088 DEL 12 DE OCTUBRE DE1999
5.2 CONOCIMIENTO DEL CLIENTE:
Las personas o empresas que presten servicios inherentes o relacionados con operaciones de comercio exterior o cambiarias tiene el deber de establecer mecanismosde control orientados a seleccionar y conocer a sus clientes, ya sean estos habituales u ocasionales, identificarlos y tener conocimiento de las actividades económicas en aras de establecer lacoherencia entre estas y las operaciones de comercio exterior que realizan. Lo anterior considerando las características de los diferentes servicios o productos que ofrezcan.
5.2.1 Para tal efecto losauxiliares de la función aduanera deberán diseñar y mantener actualizado dentro de sus archivos e información comercial “Formato de identificación del cliente”, el cual contendrá como mínimo la siguienteinformación:
• Nombres y Apellidos o razón social del cliente
• Numero de documento de identificación o NIT
• Domicilio y residencia
• Nombres, Apellidos, identificación de lossocios y representantes legales
• Actividad económica
• Capital social registrado
• Numero de declaración de importación y exportación tramitada al cliente, descripción resumida de lasmercancías objeto de trámite.
• El origen de los recursos y forma de pago de las operaciones de comercio exterior identificando el medio e individualizando el instrumento de pago, entidad...
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