Constitucion
Nada retrata con mayor fidelidad la fisonomía política de un país que su propia Constitución. El Estado, como organismo vivo sujeto a mudanzas y transiciones, va dejando Impresa cada época de su vida y de su desarrollo en esos estatutos fundamentales que son ia copia de su efigie moral en determinados períodos y el trasunto de sus prácticas, de sus vicisitudes, de lastendendas y de las Ideas dominantes entre los hombres que en ciertos momentos fueron arbitros de sus destinos. Marcado quedó en la singular Constitución de 185 3 el predominio de dertas doctrinas profesadas y aun mal digeridas por la fogosa juventud de aquelk época. Sus múltiples defectos dieron asa a graves acontecimientos políticos que se sucedieron poco después de su promulgación, y viosedesde entonces que el espíritu reformador se había adelantado hasta el extremo de poner en peligro la vida , de la repúbUca granadina, por haberse llevado la descentralización administrativa a un punto peligroso que comprometía seriamente la unidad política, considerada todavía como esencial y necesaria. Por sus artículos 48 y 51 dábase amplia facultad a las Legislaturas provindales "para disponerlo que juzgasen conveniente a su organizadón, administración y régimen interior". Cada provincia se dio entonces su propia Constitución, y a raíz de la nacional que para tanto las facultaba, expidiéronse k s de Bogotá, Cauca, Córdoba, Cundinamarca, Chocó, García Rovira, Neiva, Pamplona, Popayán, Sabanilla, Santander, Vélez, Medellín, Zipaquirá, So-
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corro yTúquerres; en 18 54 k de la Provincia de Tundama, y en 185 5 ks de Casanare y Cartagena. Cada una de ellas, aunque discordantes en ciertos principios políticos, contenían las divisiones, especificaciones y detalles pertenedentes a un régimen administrativo basado en iUmitada autonomía, y demuestran la excesiva latitud que por mérito dc k Constitución nacional se había otorgado al régimen seccional dandoprincipio al pleno advenimiento de la federación. También contribuyó a agitar los ánimos en muchas provincias el ejercicio de un derecho hasta entonces desconocido, cual era el del sufragio ilimitado, en cuya virtud los gobernadores debían su credencial a la elección popular, 'i y no al nombramiento del Gobierno, como hasta entonces había sido uso y costumbre. Tales elecciones dieron lugar apeligrosos tumultos en muchos lugares, lo que unido al disgusto con que habían sido recibidas por los draconianos algunas reformas constitucionales, vino a producir general descontento y a conmover hondamente la tranquilidad social en todos los puntos del territorio. Como uno de los tres sistemas que para adicionar o reformar la Constitución había establecido la de 1853, era el de la expedidón de unaley por el voto de ks cuatro quintas partes de los miembros de ambas cámaras, hallándose acordes k s de 18 5 5, se expidió el 27 de febrero un Acto Adidonal de la Constitución que creó el Estado de Panamá, como se habla propuesto en la Legisktura de 18 54. Su artículo primero dice así: El territorio que comprende ks provincias del Istmo de Panamá, a saber: Pan.imá, Azuero, Veraguas y Chiriquí,forma un Estado federal, soberano, parte Integrante de la Nueva Granada, con el nombre de Estado de Panamá.
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CONSTITUCIONES
Enumera en seguida los derechos que le pertenecen a !.i Nueva Granada y los que tocan a la entidad política creada por el mismo Acto; y para poder establecer fácilmente otros Estados federales, delega esta facultad al Congreso, en su artículo 12, que dice: Una leypodrá erigir en Estado que sea regido conforme al presente Acto Legislativo, cualquier porción del territorio de la Nueva Granada. La ley que contenga k erección de un Estado tendrá la misma fuerza que el presente Acto de reforma constitudonal; no pudiendo ser reformado sino por los mismos trámites de la Constitución. De manera que si ella no había establecido por sí misma la federación y la...
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