Constitucion
Sancionada por el congreso general constituyente el 1° de mayo de 1853,
reformada y concordada por la convencion nacional ad hoc el 25 de
septiembre de 1860 y con las reformas de las convenciones de 1866,
1898, 1957 y 1994.
Preámbulo
Nos los representantes del pueblo de la Nación Argentina, reunidos en
Congreso General Constituyente por voluntad y elección delas
provincias que la componen, en cumplimiento de pactos preexistentes,
con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar la justicia,
consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el
bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros,
para nuestra posteridad, y para todos los hombres del mundo que
quieran habitar en el suelo argentino: invocando laprotección de Dios,
fuente de toda razón y justicia: ordenamos, decretamos y establecemos
esta Constitución, para la Nación Argentina.
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PRIMERA PARTE
CAPITULO PRIMERO
Declaraciones, derechos y garantías
Art.1º.- La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma
representativa republicana federal, según la establece la presente
Constitución.
Art. 2º.- El Gobierno federalsostiene el culto católico apostólico romano.
Art. 3º.- Las autoridades que ejercen el Gobierno federal, residen en la
ciudad que se declare Capital de la República por una ley especial del
Congreso, previa cesión hecha por una o más legislaturas provinciales,
del territorio que haya de federalizarse.
Art. 4º.- El Gobierno federal provee a los gastos de la Nación con los
fondos del Tesoro nacional,formado del producto de derechos de
importación y exportación, del de la venta o locación de tierras de
propiedad nacional, de la renta de Correos, de las demás contribuciones
que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el Congreso
General, y de los empréstitos y operaciones de crédito que decrete el
mismo Congreso para urgencias de la Nación, o para empresas de
utilidad nacional.Art. 5º.- Cada provincia dictará para sí una Constitución bajo el sistema
representativo republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones
y garantías de la Constitución Nacional; y que asegure su administración
de justicia, su régimen municipal, y la educación primaria. Bajo de estas
condiciones el Gobierno federal, garante a cada provincia el goce y
ejercicio de sus instituciones.
Art. 6º.-El Gobierno federal interviene en el territorio de las provincias
para garantir la forma republicana de gobierno, o repeler invasiones
exteriores, y a requisición de sus autoridades constituidas para
sostenerlas o restablecerlas, si hubiesen sido depuestas por la sedición,
o por invasión de otra provincia.
Art. 7º.- Los actos públicos y procedimientos judiciales de una provincia
gozan de enterafe en las demás; y el Congreso puede por leyes
generales determinar cuál será la forma probatoria de estos actos y
procedimientos, y los efectos legales que producirán.
Art. 8º.- Los ciudadanos de cada provincia gozan de todos los derechos,
privilegios e inmunidades inherentes al título de ciudadano en las demás.
La extradición de los criminales es de obligación recíproca entre todas
lasprovincias.
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Art. 9º.- En todo el territorio de la Nación no habrá más aduanas que las
nacionales, en las cuales regirán las tarifas que sancione el Congreso.
Art. 10.- En el interior de la República es libre de derechos la circulación
de los efectos de producción o fabricación nacional, así como la de los
géneros y mercancías de todas clases, despachadas en las aduanas
exteriores.
Art.11.- Los artículos de producción o fabricación nacional o extranjera,
así como los ganados de toda especie, que pasen por territorio de una
provincia a otra, serán libres de los derechos llamados de tránsito,
siéndolo también los carruajes, buques o bestias en que se transporten; y
ningún otro derecho podrá imponérseles en adelante, cualquiera que sea
su denominación, por el hecho de transitar el...
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