Constitucional
En ésta sentencia, varios de los demandantes fundan la posibleinconstitucionalidad de las disposiciones acusadas en una oposición entre éstas y el Preámbulo de la Carta Política. En los conceptos rendidos, el Procurador General de la Nación afirma que sostener lo anterior resultaimprocedente, para respaldar su criterio, habla de que (1)“el Preámbulo de la Constitución no es una norma jurídica, ni un conjunto de normas de ese género, sino la expresión de los principios yvalores que la comunidad profesa en una determinada etapa de su vida socio-cultural”, razón por la cual el procurador sostiene que siendo un proceso de constitucionalidad aquél en el que se comparandisposiciones de grado inferior con normas de superior jerarquía, no sería correcto llegar a determinar la constitucionalidad de un precepto legal por comparación con un principio o valor de género diverso.Frente a tal afirmación, La Corte estima indispensable reivindicar la concepción jurídica según la cual el Derecho no se agota en las normas. Así, pues, la Corte Constitucional trató de establecer...
Regístrate para leer el documento completo.