CONSTITUCIONAL

Páginas: 17 (4228 palabras) Publicado: 23 de abril de 2014
RETROACTIVIDAD DEL ARTÍCULO 289 BIS DEL CÓDIGO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL Y JURISPRUDENCIA

Teresa LOBO *

El párrafo 1 del artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que: "A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna". Por otro lado, el artículo 5o. del Código Civil para el Distrito Federal, reitera lo anterior de la siguientemanera: "A ninguna ley ni disposición gubernativa se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna"; sin embargo, decir que una ley es retroactiva porque se aplica hacia el pasado (situaciones jurídicas creadas con anterioridad), es un argumento simplista y carente de un verdadero estudio y análisis de la figura de la retroactividad y de los derechos adquiridos.

Ahora bien, con motivodel Decreto que derogó, reformó y adicionó diversas disposiciones del Código Civil para el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal con fecha 25 de mayo de 2000, el cual entró en vigor el día 1o. de junio de 2000, se incorporó a dicho ordenamiento jurídico el reconocimiento, mediante una remuneración económica, al trabajo doméstico, siendo este aplicable en unaprimera etapa, como indemnización con motivo del divorcio.

En este tipo de juicio, los cónyuges se encuentran frente la posibilidad de resolver sus conflictos y concertar mediante la suscripción de un convenio; si no es así, el Poder Judicial debe determinar la procedencia o no, de sus pretensiones; en este último supuesto, y en ocasiones, la disolución del vínculo matrimonial no es en sí elconflicto litigioso relevante, ya que ambos cónyuges pudieran estar de acuerdo al respecto; casos en los que sus diferencias se cargan sobre la situación en que quedan los hijos en relación a los padres, cuando los hay, la determinación de la custodia y régimen de convivencia, que puede ser difícil de conciliar entre los afectados; así como de los aspectos patrimoniales inherentes, ya sea, a la patriapotestad o alguno de los divorciantes, así como de repartir los bienes habidos durante la vigencia del matrimonio entre éstos con motivo de su disolución.

En este último supuesto, la repartición de los bienes con motivo de la liquidación de la sociedad conyugal debe realizarse conforme a las capitulaciones matrimoniales, y existe a la fecha basta jurisprudencia sobre el tema.

Sin embargo, conmotivo del Decreto mencionado los cónyuges pueden solicitar, además del pago de una pensión alimenticia definitiva derivada del artículo 288 del Código Civil para el Distrito Federal y del pago de una indemnización por los daños y perjuicios causados derivada del párrafo 4 del artículo 288 de dicho ordenamiento jurídico, el pago de una indemnización equivalente hasta el 50% del valor de los bienesadquiridos durante el matrimonio, derivada del artículo 289 bis del mencionado Código, siempre y cuando, durante la vigencia del mismo, no trabajara, ni desempeñara alguna actividad remunerada de forma regular y permanente, estuviera dedicado al cuidado y atención de hijos, de su cónyuge y del hogar; no hubiera adquirido bienes de valor y cuando su cónyuge sí los hubiera adquirido.

Regresandoal tema de la retroactividad de las leyes, sin duda alguna esta nueva norma es aplicable a los matrimonios contraídos con posterioridad a su entrada en vigor, pero qué sucede cuando los contendientes contrajeron nupcias con anterioridad.

¿Puede considerarse que el juez que hubiese condenado al cumplimiento con dicha indemnización, estaría aplicando retroactivamente el precepto legal en comento?Para dar respuesta a lo anterior debemos atender a que el principio general es la aplicación inmediata de toda ley, esto es, que se aplica en el presente, pero que no puede ser aplicada al pasado, principio que como cualquier otro admite excepciones y salvedades.

En la doctrina destacan 3 teorías sobre la retroactividad de las leyes; a saber: a) la teoría tradicional o de los derechos...
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