Constitucional
3.1. DISTINCION ENTRE PRINCIPIO FORMALES Y MATERIALES
Se entiende por principio, la “base origen razón fundamental sobre la cual se procede discurriendo en cualquier materia”, pueden dividirse en dos tipos: principios formales y principios materiales. Los principios formales atienden a la estructura de la propia Constitución y de el régimenjurídico que de ella deriva, se refieren a el continente y a la base de la construcción constitucional con independencia de los contenidos; los principios materiales que definen su contenido.
3.2. PRINCIPIOS FORMALES
Los principios formales son:
1. Carácter normativo de la construcción
2. Supremacía constitucional.
3. Coherencia interpretativa del orden jurídico constitucional4. Inviolabilidad constitucional.
3.2.1 CARÁCTER NORMATIVO DE LA CONSTITUCION
Capítulo 1. Consiste en que la constitución está formada por normas de cumplimiento obligatorio. No se trata de meras declaraciones, recomendaciones o propósitos genéricos aunque a veces se expresen en términos que parecieran tener tal naturaleza.
El hecho de que las disposiciones constitucionales se redactancomo principios generales no las despoja de su carácter normativo. El art. 40 dice que es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una república democrática.
El planteamiento del art. 40 tiene que interpretarse formulándolo de la manera siguiente: todos los actos para la conformación de los poderes públicos deberán obedecer a los principios democráticos contenidos en la Constitución ydesarrollados en las leyes; aquellos que se aparten de dichos principios deberán ser declarados nulos por las autoridades que aplican la ley, dotadas de facultades jurídicas para ellos.
Francisco Fernández Segado sostiene que el carácter normativo de la constitución quiere significar que no estamos en presencia de un catálogo de principios, sino de una forma de contenido material a todos, vincula demodo inmediato, siendo por lo demás sus preceptos como regla general, alegables ante los tribunales y debiendo considerarse su infracción anti jurídica.
Veamos el caso de la expresión “toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa”, contenida en el art. 4° de nuestra Constitución. En primer lugar debe considerarse como un mandato al legislador puesto que la frase inmediatasiguiente indica que “la ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo”. Es verdad que la omisión de legislar en el sentido indicado no tiene posibilidad de exigir jurídicamente de manera directa pero podría dar lugar a litigios aun inexplorados como el de una acción de inconstitucionalidad promovida por una minoría legislativa en contra de un presupuesto deEgresos que no contuviese previsiones específicas para crear esos apoyos de los que habla la Constitución.
Denominadas normas programáticas, Néstor Pedro Sagúes señala que existen tres posturas teóricas en la doctrina constitucional:
1. La que les niega eficacia
2. La que les otorga plena eficacia
3. La que estima que están dotadas de eficacia parcial.
Las dos primerasposiciones no son admisibles. Si se atiende a la primera, negamos el carácter normativo de la Constitución; si nos adherimos a la segunda, veremos que la practica la contradice, en tanto que la tercera se justifica porque, como dice el mismo autor, “a) se trata de reglas jurídicas de rango constitucional; b) actúan como material jurídico inductor en el sentido de que impulsan al legislador ordinarioy demás poderes constituidos a actuar de modo específico; c) condicionan la validez de la legislación ordinaria…, y d) sirven para interpretar la constitución.
Volviendo a nuestro ejemplo teórico, es preciso insistir en que el carácter de regalas jurídicas constitucionales debería servir de base para obtener resultados jurídicos concretos respecto de actos en los que se encuentra involucrada...
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