Constituciones del Paraguay
De 1870, 1940, 1967 y 1992.
Constitución del año 1870.
CONVENCIÓN NACIONAL CONSTITUYENTE DE
1870
El 15 de agosto de 1870, se dio apertura a la
ConvenciónNacional Constituyente en el edificio del
Congreso Nacional, con asistencia de los diputados
designados por las parroquias de la capital y
departamentos del interior. Dicha asamblea sancionó,
con sóloalgunas modificaciones, el proyecto de
Constitución elaborado, casi en su totalidad, por Juan
José Decoud, Facundo Machain, Juan Silvano Godoy y
Miguel Palacios.
Constaba de 15 Capítulos.
Deinspiración liberal y basada en las leyes fundamentales de los
Estados Unidos, la Argentina y otros países de Occidente, la
Constitución aprobada por la Convención establecía el más amplio y
comprensivosistema de derechos y garantías para su época.
El Poder Legislativo, bicameral, a cargo de un Senado y una Cámara
de Diputados, era el único legislador.
El Poder Ejecutivo lo desempeñaba unPresidente de la República,
paraguayo natural, cristiano, de treinta años cumplidos, nombrado
por sufragio indirecto, que duraba cuatro años en sus funciones y no
podía ser reelecto hasta transcurridosdos períodos completos desde
su cese en el mando.
La Constitución de 1870 rigió por espacio de casi tres cuartos de
siglo la vida política y social del Paraguay.
Aunque nunca cumplida en suplenitud, fue un estatuto respetado y,
adecuado para el progreso de las instituciones y de la convivencia
social.
Durante su vigencia, el Paraguay se encaminó, de modo gradual y
generalmente sostenido,al funcionamiento integral del sistema
democrático representativo de gobierno.
Constitución del año 1940.
En 1939 el presidente José Félix
Estigarribia respondió
a
un
estancamiento político al disolver el
Congreso
y
se
declaró
favorable dictador. Para dramatizar
el deseo de su gobierno para el
cambio,
que
desechó
la
Constitución y promulgó una nueva ...
Regístrate para leer el documento completo.