Construyendo tercer número
Esperamos como primera acción de lasautoridades entrantes, que cumplan a cabalidad con lo dispuesto en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de Oaxaca que en su artículo 44 dice: “Tienen laobligación de presentar Declaración de Situación Patrimonial en los términos y plazos señalados por la presente Ley “
I.- Ante el órgano competente del Congreso del Estado: Los Diputados, OficialMayor, Tesorero, Contador Mayor de Hacienda, Directores, Jefes, Auditores o responsables de las unidades, áreas o departamentos, y en general todos aquellos que manejen recursos económicos, materiales ohumanos estatales, sea cual fuere el carácter de su denominación o designación. Así también lo harán los Presidentes Municipales, Regidores, Síndicos, Secretario, Tesorero, Oficial Mayor hasta losservidores públicos municipales con nivel de Jefes de Departamento o sus equivalentes y aquellos que manejen, recauden o administren fondos y recursos económicos, materiales o humanos municipales, seacual fuere el carácter de su denominación o designación, dentro de los 60 días naturales que esta Ley les otorga.
Y además ya fenecido el plazo que esta misma ley les otorga (30 días naturales) a losfuncionarios de la administración anterior a la conclusión de su cargo, cumplan con presentar su última declaración patrimonial y si se aplica el artículo 49 de la misma ley que Dice:- Cuando lossignos exteriores de riqueza sean ostensibles y notoriamente superiores a los ingresos lícitos que pudiera tener un servidor público, la Contraloría podrá ordenar, fundando y motivando su acuerdo, la...
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