Consulta Popular
La consulta popular es un mecanismo de participación ciudadana mediante el cual se convoca al pueblo para decida acerca de algún aspecto de vital importancia. La consulta popularpuede ser tanto nacional como departamental, municipal, distrital o local.
Consulta popular nacional: De acuerdo con el artículo 50, de la Ley 134 de 1994, el Presidente de la República, con la firmade todos los ministros y previo concepto favorable del Senado de la República, podrá consultar al pueblo una decisión de trascendencia nacional. No se podrán realizar consultas sobre temas queimpliquen modificación a la Constitución Política.
Consulta popular a nivel departamental, distrital, municipal y local: Sin perjuicio de los requisitos y formalidades adicionales que señale el EstatutoGeneral de la Organización Territorial y de los casos que éste determine, los gobernadores y alcaldes podrán convocar consultas para que el pueblo decida sobre asuntos departamentales, municipales,distritales o locales.
Forma del texto que se someterá a votación: Las preguntas que se formulen al pueblo estarán redactadas en forma clara, de tal manera que puedan contestarse con un sí o un no. Nopodrán ser objeto de consulta popular proyectos de articulado, ni tampoco la convocatoria a una asamblea constituyente, salvo cuando se vaya a reformar la Constitución según el procedimiento establecido enel artículo 376 de la Constitución Política y en la Ley 134 de 1994.
Concepto previo para la realización de una consulta popular: En la consulta popular de carácter nacional, el texto que se someteráa la decisión del pueblo, acompañado de una justificación de la consulta y de un informe sobre la fecha de su realización, será enviado por el Presidente de la República al Senado para que, dentro delos veinte días siguientes, emita concepto favorable. Por decisión de mayoría de sus miembros, el Senado podrá prorrogar este plazo en diez días más.
Fecha para la realización de la consulta...
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