consulta
1) Las características de la Tabla de Depreciación otorgada por este Servicio a TTT, respecto de la naturaleza de las siguientes especies en consideración a su vida útil,desgaste, uso y valor de depreciación: Handie, xxx y Cámara de video xxx;
2) Si se considera un mayor valor del bien o especie para revalorizarlo a valor comercial, cuando el valor contable y útil esde $ 1, y
3) Si se debe pagar IVA o algún otro impuesto por la especie robada.
2.- En relación a sus consultas, se informa lo siguiente:
1) Mediante Resolución Ex. N°43, de 2002, esteServicio fijó la tabla de vida útil de los bienes físicos del activo inmovilizado para los efectos de su depreciación, conforme a lo dispuesto en el N°5, del inciso 3°, del artículo 31, de la Ley sobreImpuesto a la Renta.
Al respecto, este Servicio estima que tanto los transmisores-receptores portátiles (handie) como las cámaras de video, deben ser asimilados por su naturaleza y funciones, alos equipos de audio y video, por lo que corresponde asignarles una vida útil normal de 6 años.
Sin perjuicio de lo antes señalado, se hace presente que las facultades de este Servicio se limitan ala aplicación e interpretación de las normas tributarias, por lo que no puede pronunciarse sobre la calificación de la vida útil de un bien, salvo para los efectos prevenidos en el N°5, del inciso3°, del artículo 31, de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
2) En relación a su segunda consulta, se señala que las normas legales vigentes contenidas en la Ley sobre Impuesto a la Renta, no autorizanlas revalorizaciones voluntarias de los bienes.
3) En cuanto a su tercera consulta, cabe hacer presente que, para que se verifique el correspondiente hecho gravado establecido en la Ley sobre...
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