Consultas
CONTRATO DE EJECUCIÓN DE OBRAS:
PROFESIONALES DE LA INGENIERIA CIVIL
CONSULTANTE: PREFECTO PROVINCIAL DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILASCONSULTAS:
1.- “¿Debe el Gobierno Provincial de Santo Domingo de los Tsáchilas contratar la ejecución de obras de ingeniería civil únicamente con profesionales de la ingeniería civil aunqueotros profesionales que no son ingenieros civiles se encuentren plenamente habilitados en el Registro Único de Proveedores?”.
PRONUNCIAMIENTOS:
1.- La Ley Orgánica del Sistema Nacional deContratación Pública, no ha previsto la obligatoriedad de que la ejecución de obras de ingeniería civil sean contratadas exclusivamente con ingenieros civiles, sino únicamente que losproveedores estén inscritos en el registro único de proveedores, siendo responsabilidad de cada entidad contratante la determinación de los requisitos específicos y la elaboración de lospliegos dentro del proceso contratación.
OF. PGE. N°: 17650, de 26-11-2010
PROFESIONALES TÉCNICOS:
INHABILIDAD DE SUSCRIBIR CONTRATOS CON EL SECTOR PÚBLICO
CONSULTANTE: MUNICIPIO DEAZOGUES
CONSULTA:
“¿Si los profesionales técnicos (Arquitectos, Ingenieros y similares), que ejercen docencia en el sistema educativo público, tratándose de escuelas, colegios,institutos y universidades, pueden o no suscribir contratos con entidades del sector público?”.
PRONUNCIAMIENTO:
En atención a los términos de su consulta, se concluye que los profesionalestécnicos (Arquitectos, Ingenieros y similares), que ejercen docencia en el sistema educativo público, en el caso de escuelas y colegios, institutos y universidades no pueden suscribircontratos regulados por la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, de conformidad con la disposición de la letra j) del artículo 24 de la Ley Orgánica del Servicio Público.
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