VS AFORE AZTECA, S.A. DE C.V. E INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES. EXPEDIENTE 203/2008. CC. MIEMBROS DE LA JUNTA ESPECIAL NUMERO 59 DE LA FEDERAL DE CONCILIACIN Y ARBITRAJE EN TIJUANA, BAJA CALIFORNIA. PRESENTE. HAYLIN LOPEZ VIERA, apoderada de AFORE AZTECA, S.A. DE C.V., personalidad que acredit en trminos de la documentacin que se acompaa, sealando comodomicilio para or y recibir notificaciones y documentos el ubicado en Calle de las Amricas numero 5245, interior 17C, segundo piso, Fraccionamiento El Paraso de esta ciudad, y autorizando para tales efectos, en forma conjunta, separada e indistintamente a los Licenciados en Derecho SERGIO EDUARDO GORDILLO MARTNEZ, JAIME DANIEL MARTNEZ GALLARDO, MARA DEL CARMEN CHVEZ VZQUEZ, SONIA IVETTE CASTRO SOLIS,DENNISE GARCA GARCA, MARA LIZBETH RESENDZ VALENCIA, AIM CASTRO PLATA, ERIKA MEJA CISNEROS, as como a los CC. ERNESTO SALOMN AGUILAR SANTIAGO, LAURA YESSICA ARZATE CONTRERAS, GABRIELA MARTNEZ MARTNEZ Y MAURICIO EDUARDO SALINAS VALDES, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponerle lo siguiente De conformidad con los artculos 878 fraccin II, 892, 893, 894, 895, 899 y dems aplicables de laLey Federal de Trabajo, vengo a dar contestacin a la infundada demanda interpuesta en contra de mi representada por el C. ANTONIO DE JESS GONZLEZ, en su carcter de titular de la Cuenta Individual con nmero de seguridad social 21684614072, haciendo valer las siguientes EXCEPCIONES Y DEFENSAS 1.- EXCEPCIN DE FALTA DE ACCIN Y DERECHO, DERIVADA DE LO DISPUESTO POR EL ARTCULO 43 DE LA LEY DEL INSTITUTODEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES. El actor carece de accin y derecho para demandar de mi representada los recursos acumulados en la Subcuenta de Vivienda, por concepto de Vivienda 97, ya que de acuerdo a lo preceptuado por el artculo 43 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (LINFONAVIT), es este Instituto quien administra losrecursos de que se trata. En tal virtud la administracin y consecuente transferencia de los recursos acumulados en la Subcuenta de Vivienda resulta indiscutible, a la luz de lo preceptuado por los artculos 123, Apartado A, fraccin XII constitucional 3, 40 y 43 de la LINFONAVIT, a cuyo tenor se establece ARTCULO 123.- Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente til al efecto, se promovernla creacin de empleos y la organizacin social del trabajo, conforme a la Ley. El Congreso de la Unin, sin contravenir a las bases siguientes debern expedir las leyes sobre el trabajo, las cuales regirn A. Entre los obreros, jornaleros, empleados domsticos, artesanos y de una manera general, todo contrato de trabajo XII. Toda empresa agrcola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo,estar obligada, segn lo determinen las leyes reglamentarias a proporcionar a los trabajadores habitaciones cmodas e higinicas. Esta obligacin se cumplir mediante las aportaciones que las empresas hagan a un fondo nacional de la vivienda a fin de constituir depsitos a favor de los trabajadores y establecer un sistema de financiamiento que permita otorgar a stos crdito barato y suficiente para queadquieran en propiedad tales habitaciones. Se considerar de utilidad social la expedicin de una ley para la creacin de un organismo integrado por representantes del Gobierno Federal, de los trabajadores y de los patrones, que administre los recursos del fondo nacional de la vivienda (INFONAVIT). Dicha ley regular las formas y procedimientos conforme a los cuales los trabajadores podrn adquirir enpropiedad las habitaciones antes mencionadas. ARTCULO 3.- El Instituto tiene por objeto I. Administrar los recursos del Fondo Nacional de la Vivienda ARTCULO 43. En trminos de la fraccin XII del apartado A del artculo 123 de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, la administracin de los recursos del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores estar a cargo del...
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