Conta
Artículo 333. Queda absolutamente prohibido a toda organización social realizar cualquier actividad que no se concrete al fomento de sus intereseseconómico - sociales.
Artículo 334. Las organizaciones sociales no podrán conceder privilegios ni ventajas especiales a sus fundadores y directores, salvo las que sea inherentes al desempeño de su cargo; invariablemente se regirán por los principios democráticos del predominio de las mayorías, del voto secreto y de un voto por persona, sin que pueda acordarse preferencia alguna en virtud delnúmero de acciones, cuotas o capital que sus socios hayan aportado.
Artículo 335. Los socios de las cooperativas no podrán sindicalizarse para defender sus intereses ante ellas, pero sí podrán formarse sindicatos de trabajadores dentro de las cooperativas cuando éstas actúen como patronos.
Artículo 336. Las organizaciones sociales que se constituyan legalmente estarán exentas de cubrir losimpuestos nacionales o municipales que pesen sobre sus bienes y serán personas jurídicas capaces de ejercer derechos y contraer obligaciones.
No podrán utilizar las ventajas de la personalidad jurídica con ánimo de lucro, pero si podrán hacerlo en todo lo que contribuya a llenar su finalidad esencial de obtener los mayores beneficios comunes para sus asociados.
Artículo 337. Corresponderá alMinisterio de Trabajo y Seguridad Social llevar a cabo por medio de la Oficina de Sindicatos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la más estricta vigilancia sobre las organizaciones sociales, con el exclusivo propósito de que éstas funcionen ajustadas a las descripciones de ley.
Al efecto cumplirán las obligaciones y ejercerán el derecho, de que habla el inciso f) del artículo 69.Artículo 338. Las únicas penas que se impondrán a las organizaciones sociales son la de multa, siempre que de conformidad con el presente Código se hagan acreedoras, y la de disolución, en los casos expresamente señalados en este Título.
No obstante, sus directores serán responsables conforme a las leyes de trabajo y a las de orden común de todas las infracciones o abusos que cometan al desempeño desus cargos.
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Capítulo segundo. De los sindicatos
Artículo 339. Sindicato es toda asociación permanente de trabajadores o de patronos o de personas de profesión u oficio independiente, constituida exclusivamente para el estudio, mejoramiento y protección de sus respectivos intereses económicos y sociales comunes.
Artículo 340. Son actividadesprincipales de los sindicatos:
• a) Celebrar convenciones y contratos colectivos;
• b) Participar en la formación de los organismos estatales que les indique la ley ;
• c) Crear, administrar o subvencionar instituciones, establecimientos u obras sociales de utilidad común, tales como cooperativas, entidades deportivas, culturales, educacionales, de asistencia y de previsión y
• d) En general,todas aquéllas que no estén reñidas con sus fines esenciales ni con las leyes.
Artículo 341. A nadie se puede obligar a formar parte de un sindicato o a no formar parte de él.
El ejercicio de la facultad de libre separación no exonera a la persona saliente de cubrir las obligaciones de carácter económico que tenga pendientes con el sindicato.
Artículo 342. Los sindicatos son:
• a) Gremiales:los formados por individuos de una misma profesión, oficio o especialidad;
• b) De Empresa: los formados por individuos de varias profesiones, oficios o especialidades, que presten sus servicios en una misma empresa;
• c) Industriales: los formados por individuos de varias profesiones, oficios o especialidades que presten sus servicios en dos o más empresas de la misma clase; y
• d)...
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