Contabilidad publica
EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Ley No. 179-09 CONSIDERANDO PRIMERO: Que esuna facultad del Estado otorgar incentivos económicos a los sectores productivos y empresariales, así como a las personas físicas y trabajadores por cuenta propia, con el objetivo de promover elgasto en educación y aumentar su calidad. CONSIDERANDO SEGUNDO: Que es de interés del Gobierno dominicano aumentar el salario real de los ciudadanos ante los incrementos de precios y la actual situaciónde la economía mundial. CONSIDERANDO TERCERO: Que se requiere establecer un mecanismo que incentive a las empresas a otorgar a sus empleados de menores niveles de salario retribuciones complementariaspor concepto de educación, no sujetas a impuestos, cuyos montos puedan ser deducibles del Impuesto Sobre la Renta. CONSIDERANDO CUARTO: Que como resultado de un esfuerzo concertado del Gobierno,Congreso Nacional, Poder Judicial, gobiernos locales, organizaciones religiosas, sectores empresariales y sindicales, partidos políticos, sociedad civil y todas las fuerzas de la Nación, se requiere demedidas que beneficien a la población e incentiven la inversión en educación. CONSIDERANDO QUINTO: Que la Encuesta de Ingresos y Gastos de Hogares (ENIGH) es una herramienta idónea para establecer laproporción de los ingresos totales que los ciudadanos dedican como gastos de educación. CONSIDERANDO SEXTO: Que los resultados actualizados de esa encuesta sitúan el porcentaje de gastos dedicados aeducación en 4.3% de ingresos. HA DADO LA SIGUIENTE LEY: Artículo 1.- Objeto de la Ley. Permitir a las Personas Físicas, excepto negocios de único dueño, declarantes del Impuesto Sobre la Renta que...
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