Contabilidad D
Ámbito de aplicación
Unaentidad debe aplicar la norma de valoración para contabilizar todas las transacciones en las que el pago esté basado en instrumentos de patrimonio y alcanza a las transacciones con pagosbasados en instrumentos de patrimonio que, a cambio de recibir bienes o servicios, incluidos los servicios prestados por los empleados, sean liquidadas por la empresa:
Con instrumentos depatrimonio propio.
Con un importe que esté basado en el valor de instrumentos de patrimonio propio, tales como opciones sobre acciones o derechos sobre la revalorización de las acciones.
Porel contrario no se aplicará a:
Las transacciones por las que la entidad adquiera activos representativos de patrimonio neto mediante una combinación de negocios, a las que se le aplicará lanorma de valoración Combinaciones de negocios.
Los contratos que se rijan por la norma de valoración 9 Instrumentos financieros.
Así pues, la norma de valoración requiere que la entidadreconozca las transacciones por pagos basados en instrumentos de patrimonio en sus estados financieros, incluyendo las transacciones con los empleados o con terceros que vayan a ser liquidadaspor la empresa con instrumentos de patrimonio propio o con un importe que esté basado en el valor de instrumentos de patrimonio propio, tales como opciones sobre acciones o derechos sobrela revalorización de las acciones. No hay otras excepciones, en la aplicación de la norma de valoración, distintas de las que corresponden a transacciones a las que se aplica otra norma.
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