Contabilidad
supuestos de aplicación, cuentas contables, definiciones y relaciones específicas y normas de valoración.
_Sr. XAVIER GINER i GRANJA
Economista i Actuario de Seguros Mediador Diplomado de Seguros Técnico Superior en Prevención Profesor Universitario
La “ORDEN de 27 de enero de 1993, por la que se aprueban las normas de adaptación del Plan Generalde Contabilidad a las empresas construc toras”, publicada en el BOE de 5 de febrero de 1993 es la norma en virtud de la cual y atendiendo a lo dispuesto en el artículo 8.º de la “Ley 19/1989, de 25 de julio, de reforma parcial y adap tación de la legislación mercantil a las Directivas de la Comunidad Económica Europea en materia de sociedades”, y la disposición final segunda del “Real DecretoLegislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas”, se da cumplimiento a la autorización concedida al Ministro de Economía y Hacienda para que, a propuesta del Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas y mediante Orden, aprue be las adaptaciones sectoriales del Plan General de Contabilidad, cuando la naturaleza de la actividadde tales
sectores exija un cambio en la estruc tura, nomenclatura y terminología de las partidas del Balance y de la cuenta de Pérdidas y Ganancias. Las adaptaciones sectoriales del Plan General de Contabilidad, deben elabo rarse tomando en consideración las características y naturaleza de las actividades del sector concreto de que se trate, adecuándose al mismo tanto las normas y criterios devalora ción como la estructura, nomenclatura y terminología de las cuentas anuales. Las normas de adaptación elaboradas se estructuran, al igual que el Plan General de Contabilidad, en cinco par tes, que van precedidas por una intro ducción en la que se explican las prin cipales características de la actividad de las empresas constructoras, las modificaciones introducidas para rea lizar laadaptación y su justificación.
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ALCANCE DEL PLAN DE CONTABILIDAD DE LAS EMPRESAS CONSTRUCTORAS.
El Plan sectorial de Contabilidad de las Empresas Constructoras es de aplicación obligatoria para todas las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, individual o societaria, que realicen la actividad de construcción, pudiéndose delimitar las mismas según se indica a continuación : 1.Preparación de obras. Demolición y movimiento de tierras, perforaciones y sondeos. 2.Construcción general de inmuebles y obras de ingeniería civil. Construcción general de edificios y obras singulares de ingeniería civil (puentes, túneles,...), construcción de cubiertas y estructuras de cerramiento, construcción de autopistas, carreteras, pistas de aterrizaje, vías férreas y centros deportivos y otrasconstrucciones especializadas. 3. Instalaciones de edificios y obras. Instalaciones eléctricas, aislamiento térmico, acústico y antivibratorio, fontanería e instalación de climatización y otras instalaciones de edificios y obras. 4. Acabado de edificios y obras. Revocamiento, instalaciones de carpintería, revestimientos de suelos y paredes, acristalamiento y pintura y otros trabajos de acabados yedificios de obras. 5.Alquiler de equipo de construcción o demolición dotado de operario.
PRINCIPALES ADAPTACIONES DEL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD A LAS EMPRESAS CONSTRUCTORAS.
La primera parte, principios contables, no ha sufrido modificaciones respecto al Plan General de Contabilidad. En la segunda parte, cuadro de cuentas, se han habilitado cuentas específicas para las empresasconstructoras y se han eliminado, en algunos casos, cuentas previstas en el Plan General de Contabilidad. La tercera parte, definiciones y relaciones contables, da contenido y claridad a las cuentas que en virtud de las definiciones que se incorporan, añadiendo los conceptos específicos de la actividad de construcción. La cuarta parte, cuentas anuales, incluye entre las normas para la elaboración de las...
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