contabilidad
LEGISLACION COMERCIAL
ANDRES FABIAN BRU MORA
DOCENTE
MARIO LOPEZ
UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA
FACULTAD DE CONTADURIA PÚBLICA
1 DE marzode 2013
LA SOCIEDAD DE HECHO
La sociedad de hecho no se constituye por escritura pública, se constituye por medio de un contrato meramente consensual sin solemnidad alguna.
El registromercantil es obligatorio y se debe realizar dentro del mes siguiente a la constitución o permiso de funcionamiento de la misma.
Integrada por 2 o más socios.
Los socios tienen responsabilidadesilimitadas y solidarias por las operaciones sociales.
Se puede conformar por nombres o apellidos sin ninguna sigla en particular.
Los socios de las sociedades de hecho, tienen una gran responsabilidad frentea terceros por las obligaciones, daños y perjuicios que cause la sociedad de hecho.
El mayor inconveniente y peligro de una sociedad de hecho, es precisamente la responsabilidad que deben asumirlos socios, ya sea colectivamente o individualmente.
Al respecto el Código de Comercio dice:
Art. 498.- La sociedad comercial será de hecho cuando no se constituya por escritura pública. Suexistencia podrá demostrarse por cualquiera de los medios probatorios reconocidos en la ley
CONC. Art. 175, Código de Procedimiento Civil.
Art. 499.- La sociedad de hecho no es persona jurídica. Porconsiguiente, los derechos que se adquieran y las obligaciones que se contraigan para la empresa social se entenderán adquiridos o contraídas a favor o a cargo de todos los socios de hecho.
Lasestipulaciones acordadas por los asociados producirán efectos entre ellos.
Art. 500.- Las sociedades comerciales constituidas por escritura pública, y que requiriendo permiso de funcionamiento actuaren sin él,serán irregulares. En cuanto a la responsabilidad de los asociados se asimilarán a las sociedades de hecho. La Superintendencia respectiva ordenará de oficio o a petición de interesado, la...
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