contabilidad
1. Formulario de solicitud de visado de cada familiar que se reagrupe. Este formulariodebidamente cumplimentado y firmado se entrega gratuitamente en el Consulado o puede también descargarse a través del siguiente vínculo ( Formulario de Solicitudde Visados).
2. Fotografía actualizada tipo pasaporte con el fondo blanco, pegada enel formulariode solicitud.
3. Pasaporte con vigencia mínima de 4 meses. (original y copia)
4. Cédula de identidad del reagrupado (original y copia)
5. Partida de Nacimiento íntegra del reagrupado, original, expedida dentro de los 4 últimos meses, legalizada por el Registro Civil y apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador.
6. Partida de Nacimiento literal española o comunitaria del reagrupante,original, expedida dentro de los 4 últimos meses.
7. Copia del Documento Nacional de Identidad del reagrupante, o tarjeta de residencia en vigor en el caso de ciudadanos comunitario no españoles.
8. Certificado de empadronamiento del domicilio en España del reagrupante, expedido dentro de los 4 últimos meses.
9. Acta de manifestaciones o declaración notarial del reagrupante en la quemanifieste su deseo de reagrupación familiar, mencionando individualmente cada uno de los reagrupados y que será responsablede cada uno de ellos. Debe estar expedida dentro de los 4 últimos meses.
10. En caso de reagrupar a ascendientes mayores del cónyuge o pareja de hecho, acreditación del vínculo de parentesco entre el reagrupante y el descendiente del solicitante de visado.
11. Copia de la tarjeta deresidencia del cónyuge de ciudadano/a español/a ocomunitario/a.
12. Certificado de antecedentes penales del solicitante, expedido por las autoridades del país de origen o del país o países en que haya residido durante los últimos 5 años y en el que no deben constar condenas por delitos existentes en el ordenamiento español. Documento legalizado y apostillado por el Ministerio de RelacionesExteriores del Ecuador, este requisito sólo para mayores de edad (original y copia simple).
13. Acreditación documental de que los interesados viven a expensas del reagrupante. Se entiende que están a su cargo cuando se acredite fehacientemente que, al menos durante el último año de su residencia en España, ha transferido fondos o soportado gastos de su familiar en una proporción que permita inferiruna dependencia económica efectiva. (Art. 39 e del R.D. 2393 de 30 de diciembre).
Reagrupación familiar en regimen comunitario
VISADO DE REAGRUPACIÓN FAMILIAR CON CIUDADANO ESPAÑOL/COMUNITARIO
El visado de residencia para reagrupación familiar en régimen comunitario habilita a su titular (familiar de unciudadano de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza, residente en España) a residir en España por un periodo superior a 90 días.
Pueden solicitar un visado de residencia para reagrupación familiar en régimen comunitario los siguientes familiares de un ciudadano de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza, residente en España:
- Cónyuge del residente,siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, o divorcio, y que el matrimonio no se haya celebrado en fraude de ley.
- La pareja con la que mantenga una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público establecido a estos efectos en un estado miembro de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza.
- Descendientes y los de sucónyuge (siempre que no estén separados de derecho) menores de 21 años o mayores de dicha edad siempre y cuando vivan a sus expensas, o incapaces.
- Ascendientes directos y los de su cónyuge o su pareja registrada cuando estén a su cargo.
TRÁMITES A REALIZAR.
La solicitud de visado deberá ser presentada personalmente por el solicitante, es decir, por la persona que pretende ser reagrupada. En...
Regístrate para leer el documento completo.