Contabilidad
I.
DECLARA DCMEX POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL QUE:
1. Es una sociedad anónima de capital variable constituida conforme a las leyes de la República Mexicana. 2. Su representante legal cuenta con todas las facultades necesarias para la celebración del presente Convenio, las cuales no le han sido revocadas o modificadas en forma alguna. 3. Dentro de su objeto social se encuentrala fabricación, importación, distribución y venta de todo tipo de vehículos automotores y refacciones en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos. En particular fabrica, importa, distribuye y vende vehículos de las marcas Chrysler, Dodge, Jeep, Mercedes-Benz, Mitsubishi y Smart (en adelante, “Automóvil” o “Automóviles”, según corresponda).
II.
DECLARA EL DISTRIBUIDOR REPRESENTANTE LEGALQUE:
POR
CONDUCTO
DE
SU
1. Es una sociedad anónima de capital variable constituida conforme a las leyes de la República Mexicana. 2. Su representante legal cuenta con todas las facultades necesarias para la celebración del presente Convenio, las cuales no le han sido revocadas o modificadas en forma alguna. 3. Con fecha _________ celebró con DCMEX un contrato de distribución deautomóviles (en adelante, el “Contrato de Distribución”) que lo autoriza para adquirir de DCMEX mediante operaciones de compraventa Automóviles de alguna de las marcas que DCMEX fabrica, importa o distribuye para su posterior comercialización dentro de su Área de Responsabilidad de Ventas, así como para
comercializar otros productos de DCMEX y prestar los servicios de mantenimiento y garantía alos Automóviles.
III.
DECLARAN AMBAS PARTES POR CONDUCTO RESPECTIVOS REPRESENTANTES LEGALES QUE:
DE
SUS
1. Que tomando en cuenta que (i) la Ley del Impuesto sobre Automóviles Nuevos prevé que el sujeto al pago del ISAN es el importador pero contempla la posibilidad de trasladar dicho impuesto al consumidor final; y (ii) que el marco normativo relacionado con el cálculo y entero delISAN, en particular las Reglas Generales en Materia de Comercio Exterior para 2004 han sido modificadas recientemente, se hace necesario celebrar el presente Convenio para establecer las obligaciones de cada una de las Partes en materia del ISAN. 2. Que están de acuerdo en obligarse mutuamente conforme a los términos del presente Convenio.
En virtud de las declaraciones que anteceden, las partesestán de acuerdo en sujetarse a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio establece las bases a que deberá sujetarse cada una de las Partes en relación con el cálculo y entero del impuesto sobre automóviles nuevos (“ISAN”) derivado de la comercialización de vehículos importados, mediante su enajenación al público consumidor.
SEGUNDA. OBLIGACIONES DEL DISTRIBUIDOR.Conforme al presente Convenio, el Distribuidor deberá efectuar los actos siguientes al momento de enajenar el Automóvil importado al consumidor: a) Realizar el cálculo del ISAN en los términos del artículo 2 de la Ley del Impuesto sobre Automóviles Nuevos (LISAN) ,tomando como base gravable los siguientes conceptos: precio de enajenación del Automóvil por el Distribuidor al consumidor (incluyendoel equipo opcional, común o de lujo, sin disminuir el monto de descuentos, rebajas o bonificaciones), adicionado con el impuesto general de importación que, en su caso, se deba pagar por la importación del automóvil, así como el monto de las demás contribuciones que se tengan que pagar por dicha importación, con excepción del impuesto al valor agregado (IVA), aplicando a la base gravable la...
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