Contabilidad
Tanto los libros de Contabilidad encuadernados y formados con hojas de asientos contables y demás anotaciones, producidas dichashojas de asientos contables y demás anotaciones, producidas dichas hojas a través de procedimientos mecánicos y computadoras, como los libros principales (diario e inventario) y auxiliares, llevados dela manera tradicional y manual, deben ser habilitados para su uso por el Registro Mercantil o Tribunal de Comercio. En este sentido "el libro diario y el de inventario no pueden ponerse en uso sin quehayan sido previamente presentados al Tribunal o Registrador Mercantil, en los lugares donde no existen aquellos funcionarios, a fin de poner en el primer folio de cada libro, nota de los que éstetuviere, fechada y firmada por el Juez y su Secretario o por el Registrador Mercantil. Se estampará en todas las demás el Sello de la Oficina". (Art. 33 C de C.)
Una vez habilitados dichos libros, seprohíbe a los comerciantes: 1. Alterar en los asientos, el orden y la fecha de las operaciones descritas. 2. Dejar blancos en el cuerpo de los asientos o a continuación de ellos. 3. Poner asientos almargen y hacer interlineamientos, raspaduras o enmendaduras. 4. Borrar los asientos o partes de ellos. 5. Arrancar hojas, alterar la encuadernación o foliaturas y mutilar alguna parte de los libros.Ante el incumplimiento de la obligación de la tenencia de dichos libros o si sus libros estuvieran incompletos o defectuosos, o no apareciere en ellos el verdadero estado de los negocios delcomerciante, éste podrá ser declarado culpable de quiebra, en el supuesto caso de que la hubiere solicitado o se la hubieren demandado, y en el caso del estado de atraso, es posible que el mismo no le seaconcedido por el Tribunal competente. También dejarán de tener el carácter probatorio que les señala el artículo 38 del Código de Comercio y el Comerciante está expuesto a las sanciones que al efecto...
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