Contabilidad
Los libros y registros vinculados a asuntos tributarios deberán ser legalizados antes de su uso, incluso cuando sean llevados en hojas sueltas ocontinuas.
Los libros y registros contables deben ser legalizados en la provincia en la que se encuentre el domicilio fiscal del deudor tributario, salvo las provincias de Lima y Callao, en cuyo caso lalegalización se podrá efectuar en cualquiera de dichas provincias.
EMPASTE DE LOS LIBROS Y REGISTROS CONTABLES
Los libros y registros vinculados a asuntos tributarios que se lleven utilizando hojassueltas o continuas deberán empastarse, de ser posibles, hasta por un ejercicio gravable, sin embargo no será de aplicación cuando el número de hojas sueltas o continuas a empastar sea menor a 20, encuyo caso el empaste podrá comprender 2 ejercicios gravables.
PLAZO PARA EFECTUAR EL EMPASTE DE LOS LIBROS Y REGISTROS CONTABLES
El empaste deberá efectuarse, como máximo dentro de los 4 primeros mesesdel ejercicio gravable siguiente al que corresponde las operaciones contenidas en dichos libros y registros, sin embargo tratándose del caso en que el empaste comprenda 2 o más ejercicios gravables,el empaste deberá efectuarse, como máximo, dentro de los 4 primeros meses del ejercicio gravable siguiente a aquél en que se reunieron 20 hojas sueltas o continuas.
PERDIDA O DESTRUCCIÓN DE LOSLIBROS Y REGISTROS CONTABLES
Comunicación de la pérdida o destrucción de libros y registros.- Deberán comunicar a la SUNAT dentro del plazo de 15 días hábiles
Información que se debe indicar en lacomunicación.-
* Detalle de los libros, registros, documentos y otros antecedentes extraviados o destruidos.
* El periodo tributario y ejercicio al que corresponde.
* La fecha en que fueronlegalizados.
* El número de legalización
* Apellidos y nombres del notario que efectuó la legalización o el número de juzgado en que se realizo la misma, si fuera el caso.
PLAZOS PARA...
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