Contabilidad
NIC 41 – AGRICULTURA
1. Objetivo
2. Alcance
3. Definiciones
4.1. Definiciones generales
4. Reconocimiento y valoración
5.2. Pérdidas y ganancias
5.3. Imposibilidad de determinar de forma fiable el valor razonable
5. Subvenciones oficiales
6. Información a relevar
7.4. General
7.5. Revelaciones adicionales para activos biológicos cuyo valorrazonable no puede ser determinado con fiabilidad
7. Fecha de vigencia y transición
NIC 41 – AGRICULTURA
1. Objetivo
El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable y la información a revelar en relación con la actividad agrícola.
2. Alcance
* Esta Norma debe aplicarse para la contabilización de lo siguiente, siempre que se encuentre relacionado con la actividadagrícola:
(a) activos biológicos;
(b) productos agrícolas en el punto de su cosecha o recolección; y
(c) subvenciones oficiales comprendidas en los párrafos 34 y 35.
* Esta Norma no será de aplicación a:
(a) los terrenos relacionados con la actividad agrícola (véase la NIC 16 Inmovilizado material, así como la NIC 40 Inversiones inmobiliarias); y
(b) los activos intangiblesrelacionados con la actividad agrícola (véase la NIC 38 Activos intangibles).
* Esta Norma se aplica a los productos agrícolas, que son los productos obtenidos de los activos biológicos de la entidad, pero sólo en el punto de su cosecha o recolección. A partir de entonces será de aplicación la NIC 2 Existencias u otras Normas relacionadas con los productos obtenidos. De acuerdo con ello, esta Normano trata del procesamiento de los productos agrícolas tras la cosecha o recolección; por ejemplo, el que tiene lugar con las uvas para su transformación en vino por parte del viticultor que las ha cultivado. Aunque tal procesamiento pueda constituir una extensión lógica y natural de la actividad agrícola y los eventos que tienen lugar guardan alguna similitud con la transformación biológica, talesprocesamientos no están incluidos en la definición de actividad agrícola empleada en esta Norma.
* La tabla siguiente proporciona ejemplos de activos biológicos, productos agrícolas y productos que resultan del procesamiento tras la cosecha o recolección:
Activos biológicos | Productos agrícolas | Productos resultantes del procesamiento tras la cosecha o recolección |
Ovejas | Lana | Hilode lana, alfombras |
Árboles de una plantación forestal | Árboles talados | Troncos, madera |
Plantas | Algodón | Hilo de algodón, vestidos |
Ganado lechero | Leche | Queso |
Cerdos | Reses sacrificadas | Salchichas, jamones curados |
Arbustos | Hojas | Té, tabaco curado |
Vides | Uvas | Vino |
Árboles frutales | Fruta recolectada | Fruta procesada |
3. Definiciones
Agricultura —Definiciones relacionadas
* Los siguientes términos se usan, en esta Norma, con el significado que a continuación se especifica:
Actividad agrícola.- es la gestión, por parte de una entidad, de las transformaciones de carácter biológico y cosechas de activos biológicos, para destinarlos a la venta, para convertirlos en productos agrícolas o en otros activos biológicos adicionales.
Producto agrícola.-es el producto ya recolectado, procedente de los activos biológicos de la entidad.
Un activo biológico es un animal vivo o una planta.
La transformación biológica comprende los procesos de crecimiento, degradación, producción y procreación que son la causa de los cambios cualitativos o cuantitativos en los activos biológicos.
Un grupo de activos biológicos es una agrupación de animales vivos o deplantas que sean similares.
La cosecha o recolección es la separación del producto del activo biológico del que procede o bien el cese de los procesos vitales de un activo biológico.
Los costes de venta son los costes incrementales directamente atribuibles a la venta o disposición por otra vía de un activo, excluyendo los costes financieros y los impuestos sobre las ganancias.
* La actividad...
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