contabilidad

Páginas: 8 (1794 palabras) Publicado: 6 de abril de 2014
REVISTA ESPANOLA DE FINANCIACIÓN Y CONTABILIDAD
Vol. II, n. 4
enero-abril 1973
pp. 327-374

LA CONTABILIDAD E EL CODIGO
N
DE COMERCIO
Por

Jose M."

de la CUESTA RUTE

Prof. Adjunto d e Derecho Mercantil de l a Universidad Complutense de Madrid

SUMARIO:
1.-INTRODUCCION
!!.-LA OBLlGAClON RELATIVA A LOS LIBROS DE COMERCIO
A). Natural de la 61imposición"legal.-B). Sujeto de laobligdción.-C).
Alcdnce
objetivo de Id obligación.-A'). El deber de llevar libros.-U). derecho histórico.b). Derecho comparado.-1). Código Frances.-2). Código Alemán.-3). Código
civi itdliano.-4) Ordenamientos dnglo-americanos.-c). Derecho español vigente.-d). Proyecto de reforma-1). Sistema elegido.-2). Los libros obligatorios.3). Regularidad de los libros.-6'). Deber de conservación
III.CONTABILIDAD MATERIAL
A). Principio de claridad.-d). Ausencia de un modelo de balance.-b).
Unidad.
c). Continuidad.-B).
Principio de exdctitud.-.C). Verificación contable.

* APESAR que este trabajo versa sobre el Título 111 d d Bbro 1 deil Código de
DE
Comercio se le titula de este modo en atención a l contenido de esta REVISTA y considerando
que d mayos relieve de las disposiciones estCen Lo que tocan a la contabilidad, así como
que la generalidad del régimen que contienen justifican un título tajmbi6n genwal -aunque
inexacto- para d trabajo.

Con seguridad que desde que existe comercio las persona8 que 10 ejercen
llevan cuentas xdativas a sus operaciones (1).Pero para los juristas esa práctica
cobra relieve cuando sus efectos trascienden el ámbito de interés particulardel
comerciante. Una simple ifdeatutelar de la economía de este iL1Simcu no justifica la
atención que el Deredho ha venido presitando a la contabilidad.
Tradicionalmente se ha visto en los libros de los comerciantes un mledio de
prueba de sus operaciones. En .la actualidad, y junto a esa perspeotiva, la contabilidad constituye un instrumento ordenado a la protección de quienes se relacionancon el comerciante y de las personas que integran sus formas sociales.
Sin olvidar el creciente interés del Estado tanto por razones fiscales como por
motivos de programación económica general.
Está, pues, justificado que la ley imponga al comerciante la obligación de
llevar ordenada y regularmeate su propia contabilidad. Asimismo se explica que
tal obligación se contenga en el Código decomercio, como una de las 'que derivan del estatuto de quienes profesionalmente ejercen el comercio en nombre propio. A esa concepción responde el Título 111 del Libro 1 de nuestro Código que
recoge en los a~tícuios33 a 49 d régimen general (2) de la contabilidad formal,
algún escaso principio de contabilidad material y normas sustantivas y procesales
relativas a los libros como medio de prueba.Extramuros del Código han proliferado las reglas contenidas en leyes especiales, y, muy señaladamente, en la LSA.
Pero aún así, continúa siendo aquél el asiento más adecuado a las normas generales; aunque sea reprobable que inserte algunas de caráoter procesal. Si bien
se explica por la larga tradición de ver la documentación de las operaciones del
comerciante bajo el exclusivo prisma de laprueba.
Está generalizada la opinibn de que la disciplina del Código resulta insuficiente e inadecuada (3). Lo primero porque prácticamente se limita a los aspectos de contabilidad formal, y aún éstos se regulan de modo que hoy es anacrónico. Resulta además inadecuada porque no se distingue en razón de la clase o
categoría de los comerciantes. A todos ellos se les impone una obligación conidéntico contenido.
(1) Aunque probablemente se equivocaran, como nos ouenta SOMBART: burgués.
El
Madrid, 1972, ipigs. 26 y 138 y SS.
(2) Tanto en d propio Código de comercio como h e r a de é.1 se imponen a ciertos comerciantes unos libros especgficos. Aquí nos ocuparemos de los que ea la olasificación de
GARRIGUES ' L d i b r ~ ~
son
obliga~torios
para todos U s comerciaates" (Tratado 1-3.O,...
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