Contabilidad
La presente sección norma el sistema de compensación y liquidación de instrumentos
financieros donde la CCLV no se constituye en acreedora o deudora de los derechos y
obligaciones que surjan de las órdenes de compensación, derechos y obligaciones que
permanecen en los contratantes originales de las operaciones que dan origen a dichas
órdenes.Dicho sistema de compensación y liquidación puede presentar características particulares
en función de la naturaleza de los instrumentos financieros, sean éstos de renta variable,
renta fija o instrumentos monetarios, entre otros, de los plazos de liquidación de las
órdenes de compensación o de otras características particulares que hacen aconsejable
definir reglas específicas.
En eventosespeciales que involucren riesgos para el proceso de compensación y
liquidación encomendado al sistema de Cámara de Compensación, es decir, eventos
extraordinarios que afecten a un elevado número de contrapartes o impliquen montos
significativos de incumplimientos, insuficiencias de garantías, cesación de pagos de uno o
más Agentes Liquidadores y/o Agentes Liquidadores Indirectos, no funcionamientoo
acceso al Sistema LBTR del Banco Central de Chile, no funcionamiento o acceso a los
sistemas de transferencia de valores del DCV, suspensiones del mercado y del sistema
financiero u otros eventos de naturaleza similar, la CCLV podrá de manera excepcional
aplazar los horarios para los procesos de cobertura, liquidación y constitución de
garantías exigidas señalados en estas Normas. En dichocaso, deberá informar la
ocurrencia de tal evento a la Superintendencia de Valores y Seguros y al Banco Central
tan pronto se haya materializado el evento, comunicando asimismo el o los
procedimientos que sufrirán aplazamiento y el margen de prórroga a aplicar, teniendo
presente para dicho efecto los horarios de funcionamiento aplicables respecto del Sistema
LBTR.
El Directorio establecerá ytendrá, asimismo, la facultad para modificar los horarios para el
funcionamiento de los sistemas de compensación y liquidación administrados por la CCLV
y los procesos involucrados, entre éstos los horarios del proceso de aceptación, proceso
de cobertura de saldos y posiciones, proceso de complemento de saldos y posiciones no
cubiertos, proceso de verificación de saldos y posiciones, procesode liquidación con
sujeción a las normas dispuestas respecto del Sistema LBTR, ingreso y retiro de
garantías. Esta situación será informada por Comunicación Interna al menos diez días
hábiles antes de su entrada en vigencia. Sin perjuicio de lo anterior, las disposiciones de
la primera Comunicación Interna que tengan por objeto establecer los horarios de
funcionamiento de la CCLV, entrarán envigencia cinco días hábiles después de ser
informadas.
Toda modificación que el Directorio de la CCLV decida realizar a esta Sección referida a
los instrumentos financieros, plazos, procesos y condiciones, será informada a través de
Comunicación Interna con a lo menos diez días hábiles de anticipación de su entrada en
vigencia, la que en todo caso será posterior a la autorización de losrespectivos cambios a
estas Normas de parte de la Superintendencia de Valores y Seguros, conforme a lo
establecido en el artículo 10 de la Ley N° 20.345.
CCLV, Contraparte Central S.A.
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La Bolsa 64, Piso 2
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www.cclv.cl
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En este contexto, esta sección norma la Compensación y Liquidación de Renta Fija e
Intermediación Financiera con condición de liquidación Pagadero Mañana(PM) y la
Compensación y Liquidación de Renta Fija, Intermediación Financiera y de Renta
Variable, asociadas a operaciones simultáneas, con condición de liquidación Pagadero
Hoy (PH).
1.
COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE INSTRUMENTOS DE RENTA FIJA E
INTERMEDIACIÓN FINANCIERA CON CONDICIÓN DE LIQUIDACIÓN
PAGADERO MAÑANA (PM)
En este capítulo se norma la compensación y liquidación de las...
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