Contabilidad

Páginas: 7 (1659 palabras) Publicado: 3 de octubre de 2012
TEXTO COMPARADO DE LAS MODIFICACIONES A LA LEY DEL IGV



MODIFICACIONES

ARTICULO 30.- DEFINICIONES

Para los efectos de la aplicación del Impuesto se entiende por:

a) VENTA:

1.- Todo acto por el que se transfieren bienes a título oneroso, independientemente de la designación que se dé a los contratos o negociaciones que originen esa / transferencia y de las condiciones pactadaspor las " partes.

Se encuentran comprendidas en el párrafo anterior las operaciones sujetas a condición suspensiva en las cuales el pago se produce con anterioridad a la existencia del bien.

También se considera venta las arras, depósito o garantía que superen el límite establecido en el Reglamento.

Análisis y comentarios:

ESTA MODIFICACION SE REFIERE A LOS PAGOS ADELANTADOS QUE REALIZANLAS EMPRESAS. ADEMAS INCLUYE A LOS DEPOSITOS Y GARANTIAS.


c) SERVICIOS:
Toda prestación que una persona realiza para otra y por la cual percibe una retribución o ingreso que se considere renta de tercera categoría para los efectos del Impuesto a la Renta, aún cuando no esté afecto a este último impuesto; incluidos el arrendamiento de bienes muebles e inmuebles y el arrendamiento financiero.También se considera retribución o ingreso los montos que se perciban por concepto de arras, depósito o garantía v que superen el límite establecido en el Reglamento.

Análisis y comentarios:

ESTA MODIFICACION SE REFIERE A LOS PAGOS ADELANTADOS QUE REALIZAN LAS EMPRESAS RESPECTO A LOS SERVICIOS.

f) CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN:

Aquel por el que se acuerda la realización de las actividadesseñaladas en el inciso d). También incluye las arras, depósito o garantía que se pacten respecto del mismo y que superen el límite establecido en el Reglamento.

ESTA MODIFICACION SE REFIERE A LOS PAGOS ADELANTADOS QUE REALIZAN LAS EMPRESAS EN LOS CONTRATOS DE CONSTRUCCION.



ARTICULO 26o.- DEDUCCIONES DEL IMPUESTO BRUTO

b) El monto del Impuesto Bruto, proporcional a la parte del valorde venta o de la retribución del servicio no realizado restituida, tratándose de la anulación total o parcial de ventas de bienes o de prestación de servicios. La anulación de las ventas o servicios está condicionada a la devolución de los bienes y de la retribución efectuada, según corresponda, Tratándose de la anulación de ventas de bienes que no se entregaron al adquirente. la deducción estarácondicionada a la devolución del monto pagado.


Análisis y comentarios:

ESTA MODIFICACION SE REFIERE AQ UE EL CONTRIBUYENTE PODRA DEDUCIR DEL IMPUESTO BRUTO EL VALOR DE VENTA SIEMPRE QUE EL SERVICIO NO SE HAYA REALIZADO.

ADEMAS CUANDO SE TRATE DE ANULACION DE VENTAS DE BIENES QUE NO SE ENTREGARON AL ADQUIRENTE , LA DEDUCCION PROCEDERA SIEMPRE QUE SE HAYA CUMPLIDO CON LA DEVOLUCION DELMONTO PAGADO.



ARTICULO 33o.- EXPORTACION DE BIENES Y SERVICIOS

La exportación de bienes o servicios, así como los contratos de construcción ejecutados en el exterior, no están afectos al Impuesto General a las Ventas.
Se considerará exportación de bienes, la venta de bienes muebles que realice un sujeto domiciliado en el país a favor de un sujeto no domiciliado.

Independientemente deque la transferencia de propiedad ocurra en el país o en el exterior, siempre que dichos bienes sean objeto del trámite aduanero de exportación definitiva.

En el caso de venta de bienes muebles donde la transferencia de propiedad ocurra en el país hasta antes del embarque, lo dispuesto en el párrafo anterior está condicionado a que los bienes objeto de la venta sean embarcados en un plazo nomayor a sesenta (60) días calendario contados a partir de la fecha de emisión del comprobante de pago respectivo. Cuando en la venta medien documentos emitidos por un almacén aduanero a que se refiere la Ley General de Aduanas o por un almacén general de depósito regulado por la Superintendencia de Banca. Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, que garanticen al adquirente la...
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