Contabilidad

Páginas: 10 (2310 palabras) Publicado: 3 de diciembre de 2012
LEY 174 DE 1994
(Diciembre 22)
Diario Oficial No. 41.643, de 22 de diciembre de 1994
Por la cual se expiden normas en materia de saneamiento aduanero y se dictan otras disposiciones en materia tributaria.
EL CONGRESO DE COLOMBIA,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. SANEAMIENTO ADUANERO. <Artículo INEXEQUIBLE>.
<Jurisprudencia - Vigencia>
<Legislación anterior>
ARTÍCULO 2o. COSTO DELOS INVENTARIOS. Adiciónase el artículo 62 del Estatuto Tributario con el siguiente parágrafo:
"Parágrafo. Para los efectos de la determinación del impuesto sobre la renta, los contribuyentes que de acuerdo con el artículo 596 de este Estatuto están obligados a presentar su declaración tributaria firmada por Revisor Fiscal o Contador Público, deberán establecer el costo de la enajenación de losactivos movibles por el sistema de inventarios permanentes o continuos, o por cualquier otro sistema de reconocido valor técnico dentro de las prácticas contables, autorizado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales".
ARTÍCULO 3o. DESMONTE DE LA PROVISIÓN UEPS O LIFO. El artículo 65 del Estatuto Tributario quedará así:
"Artículo 65. Gradualidad en el desmonte de la provisión UEPS oLIFO. Para efectos fiscales, los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta y Complementarios que tengan diferencias entre el inventario final declarado valorado con base en la utilización de modalidades UEPS o LIFO (últimas entradas, primeras salidas) y el inventario final valorado por otros sistemas para sus efectos internos, deberán desmontar el saldo de dichas diferencias, existente al 31 dediciembre de 1994, en sus declaraciones de renta a partir del año gravable de 1995, a más tardar hasta el año gravable de 1999, utilizando como mínimo tasas del 20% anual.
Los valores obtenidos con base en los parámetros aquí establecidos, tendrán como efecto un aumento en el valor de los inventarios del respectivo período y un ingreso por corrección monetaria fiscal.
PARÁGRAFO. El método que seutilice para la valoración de los inventarios (Primeras Entradas, Primeras Salidas, Ultimas Entradas, Ultimas Salidas, o promedio, o identificación específica), deberá aplicarse en la contabilidad de manera uniforme durante todo el año gravable, debiendo reflejarse en cualquier momento del período en la determinación del inventario y el costo de ventas. El valor del inventario detallado de lasexistencias al final del ejercicio, debe coincidir con el total registrado en los libros de contabilidad y en la declaración de renta.
El cambio en el método de valoración deberá ser notificado previamente al Administrador de Impuestos y Aduanas Nacionales correspondiente, de acuerdo con el procedimiento que señale el reglamento".
ARTÍCULO 4o. AVALÚO COMO COSTO FISCAL. El artículo 72 delEstatuto Tributario quedará así:
"Artículo 72. Avalúo como costo fiscal. El avalúo declarado para los fines del Impuesto Predial Unificado, en desarrollo de lo dispuesto por los artículos 13 y 14 de la Ley 44 de 1990 y 155 del Decreto 1421 de 1993, y los avalúos formados o actualizados por las autoridades catastrales, en los términos del artículo 5o. de la Ley 14 de 1983, podrán ser tomados como costofiscal para la determinación de la renta o ganancia ocasional que se produzca en la enajenación de inmuebles que constituyan activos fijos para el contribuyente. Para estos fines, el autoavalúo o avalúo aceptable como costo fiscal, será el que figure en la declaración del Impuesto Predial Unificado y/o declaración de renta, según el caso, correspondiente al año anterior al de la enajenación.Para este propósito no se tendrán en cuenta las correcciones o adiciones a las declaraciones tributarias ni los avalúos no formados a los cuales se refiere el artículo 7o. de la Ley 14 de 1983".
<Jurisprudencia Vigencia>
ARTÍCULO 5o. EFECTOS CONTABLES Y FISCALES DEL SISTEMA DE AJUSTES INTEGRALES. El segundo inciso del artículo 330 del Estatuto Tributario quedará así:
"Para efectos de la...
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