Contable
( FEB. 16 DE 2010 )
Por la cual se señalan los contribuyentes, responsables, agentes de retención y usuarios aduaneros que deben presentar en forma virtual las declaraciones y diligenciar los recibos de pago de los impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales a través de los Servicios Informáticos Electrónicos.
EL DIRECTOR GENERALDE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere
el numeral 12 del artículo 6 del Decreto 4048 de 2008
y el artículo 579 - 2 del Estatuto Tributario,
CONSIDERANDO
Que corresponde al Director de Impuestos y Aduanas Nacionales señalar el grupo de contribuyentes, responsables, agentes de retención, usuarios aduaneros y demás obligados quedeben presentar sus declaraciones tributarias y diligenciar los recibos de pago, a través de los Servicios Informáticos Electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Que para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones, se hace necesario incorporar en un solo acto administrativo a los contribuyentes, responsables, agentes de retención, usuarios aduaneros y demás obligados ala presentación en forma virtual de las declaraciones por concepto del impuesto sobre la renta y complementarios, el impuesto sobre las ventas, impuesto al patrimonio, retención en la fuente, las declaraciones informativas individual y consolidada de precios de transferencia y las demás que determine la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, así como el diligenciamiento de los recibos depago, a través de los Servicios Informáticos Electrónicos haciendo uso del mecanismo de firma respaldado con certificado digital.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Obligados a presentar declaraciones en forma virtual a través de los Servicios Informáticos Electrónicos. Deben presentar declaraciones en forma virtual a través de los Servicios Informáticos Electrónicos de laDirección de Impuestos y Aduanas Nacionales los contribuyentes, responsables, agentes de retención y usuarios aduaneros señalados a continuación:
1. Los contribuyentes, responsables, agentes retenedores y declarantes calificados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales como Grandes Contribuyentes.
2. Las Entidades no contribuyentes señaladas en los artículos 23-1 y23-2 del Estatuto Tributario.
3. Las personas naturales o jurídicas responsables del impuesto sobre la renta y complementarios o de ingresos y patrimonio, cuyos ingresos brutos en el año gravable 2008 o años gravables siguientes, sean iguales o superiores a QUINIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($500.000.000), y que hayan sido responsables del impuesto sobre las ventas o agentes de retenciónen el mismo año gravable.
4. Los usuarios aduaneros clasificados con alguna de las siguientes calidades:
5. Agente de carga internacional
6. Agente marítimo.
7. Comercializadora Internacional (C.I.)
8. Depósito público o privado habilitado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales con carácter permanente.
9. Intermediario de tráficopostal y envíos urgentes.
10. Operador de transporte multimodal.
11. Titular de Aeropuertos ó puertos y muelles de servicio público o privado.
12. Transportista nacional de operaciones de tránsito aduanero.
13. Usuarios de zonas francas permanentes y permanentes especiales.
14. Usuario aduanero permanente.
15. Usuario altamente exportador.16. Usuarios sistemas especiales Importación Exportación.
17. Transportador Aéreo, Marítimo o Terrestre de los Regímenes de Importación y/o Exportación.
18. Agencia de Aduanas.
19. Los demás usuarios aduaneros que para actuar requieran autorización de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
20. Los Notarios.
21. Los Consorcios y Uniones Temporales....
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