Contador Auditor
Nuevo Artículo 14 ter de la LIR
Los principales objetivos de la Ley 20.170 son los
siguientes:
• Simplificar el régimen contable tributario para
determinar el Impuesto a la Renta a que están
afectos los pequeños empresarios.
• Posibilitar un mejor cumplimiento de las obligaciones
que les imponen las leyes tributarias. • Aliviar los problemas de liquidez que genera a estas
empresas el cumplimiento tributario.
• Mejorar el apoyo que les brinda el Servicio de
Impuestos Internos.
• Beneficiar a un universo potencial de 200 mil micro y
pequeñas empresas.
Régimen Contabilidad Simplificada
Nuevo Artículo 14 ter de la LIR
· Régimen optativo
· Los contribuyentes que lo elijan
declararán ypagarán el impuesto de
primera categoría y el impuesto global
complementario sobre la base de sus
ingresos anuales netos devengados
(ingresos menos egresos).
Régimen Contabilidad Simplificada
Nuevo Artículo 14 ter de la LIR
Las ventajas del nuevo régimen son las
siguientes:
– Liberación de obligaciones de la contabilidad completa:
llevar libros de contabilidad, confeccionar balances, la
aplicación
corrección
monetaria,
efectuar
depreciaciones, realización de inventarios, confección
del registro FUT, etc.
– Se fija la tasa PPM en 0,25% de las ventas brutas
mensuales.
– Deducción inmediata como gastos de las inversiones.
– La Renta Líquida Imponible se determina fácilmente a través de la diferencia entre los ingresos y egresos del
contribuyente.
Régimen Contabilidad Simplificada
Requisitos para acogerse al Art. 14 ter
• Empresarios individuales o empresas individuales de
responsabilidad limitada (EIRL).
• Obligados a declarar renta efectiva según contabilidad completa.
• Ser contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado.
• No realizar negocios inmobiliarios o actividades financieras, salvo las necesarias para el desarrollo de su actividad principal
• No podrá poseer derechos sociales o acciones de otras
sociedades.
• Promedio anual de ingresos de su giro, no superior a 3.000
unidades tributarias mensuales en los tres últimos ejercicios.
• En el caso de tratarse del primer ejercicio de operaciones,
deberán tener un capital efectivo no superior a 6.000 unidades
tributarias mensuales.
Régimen Contabilidad Simplificada
Ingreso al Régimen
• Este año las empresas que cumplan los requisitos podrán
inscribirse entre el 15 de marzo y el 30 de abril.
• Una vez en régimen, los contribuyentes que califiquen
podrán cambiarse a este sistema de contabilidad
simplificada entre el 1 de enero y el 30 de abril de cada
año.
• Quienes inicien actividades podrán optar por este régimen
al hacer inicio de actividades.
• Estos contribuyentes se podrán inscribir a través de:
– La Oficina Virtual del SII (www.sii.cl),
– Del Portal Tributario MIPYME (www.portalmipyme.cl) o
– En la Unidad del SII correspondiente a su domicilio.
Sistema de Contabilidad Simplificada en Portal Tributario MIPYME
Inscripción
• En el Portal MIPYME existirá una opción para validar si se
cumple con los requisitos del Régimen e inscribirse
inmediatamente en el Sistema.
El usuario puede revisar
si cumple con los
requisitos e inscribirse
en el Sistema.
Si el usuario ya está
acogido al Régimen,
sólo debe Confirmar su
Postulación. Sistema de Contabilidad Simplificada
en Portal Tributario MIPYME
¿Qué es?
• Es un sistema que permite a los contribuyentes que
se acogen al Régimen de Contabilidad Simplificada
del artículo 14 ter de la LIR llevar su contabilidad
computacionalmente de una manera simple y
eficiente.
• El sistema es del tipo Web.
• Estará disponible en el Portal ...
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