Contador publico
Nuestro tema del dia de hoy está enfocado a las Multas que podría imponer el SAT, debido a que varios de mis clientes me han informado el haber recibido invitaciones del SAT a través de Mails o por correo, en donde mencionan la existencia de las obligaciones omitidas y/o precisan los impuestos y periodos sobre los que tienen informacion y que han observado “un comportamientoatípico en los pagos realizados, por lo que se le invita a revisar sus operaciones contables y, en su caso, presentar las declaraciones complementarias y pagos que correspondan”
Sobre las multas, punto que hemos comentado en nuestro diplomado de actualizacion fiscal, les resumimos lo siguiente:
1.- la multa solo será excesiva, si es notoriamente desproporcionada a la conducta infractoraEste es un concepto señalado de manera puntual en la jurisprudencia número P./9/95, emitida por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN),
“para que una multa no sea contraria al texto constitucional, debe establecerse en la ley que la autoridad facultada para imponerla, tenga posibilidad en cada caso, de determinar su monto o cuantía, tomando en cuenta la gravedad de lainfracción, la capacidad económica del infractor, la reincidencia, en su caso, de éste en la comisión de hecho que la motiva, o cualquier otro elemento del que pueda inferirse la gravedad o levedad del hecho infractor, para así determinar individualmente la multa que corresponda”
2.- los medios de defensa para impugnar una multa son:
Recurso de revocación. El cual procede en contra de lasresoluciones definitivas mediante la cual la autoridad finca la multa respectiva con fundamento en el Art. 117, fracc. I del CFF. Su interposición es optativa antes de acudir al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, dentro del plazo de los 45 días siguientes a aquél en que surta efectos la notificación de la sanción.
Juicio de nulidad. Se presenta ante la Sala Regional competente delTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA), dentro de los 45 días siguientes a aquél en que hubiese surtido efectos la notificación de la multa
Reconsideración. Medio o solicitud (cuando todo está perdido) que busca dejar sin efectos las resoluciones emitidas no acordes a las disposiciones legales que por omisión o desconocimiento del contribuyente no fueron combatidas entiempo mediante los medios de defensa establecidos. (Art. 36 del CFF):
o se debe interponer ante la autoridad que emitió el acto, la que remitirá al superior jerárquico, que es el facultado para resolver (Arts. 9, fracc. XVI y 10, fracc. I, del Reglamento Interior del SAT)
o el plazo para solicitarlo es en cualquier momento una vez transcurrido el plazo de 45 días para impugnar el acto
3.- el %de la multa aplicable será el menor entre el existente en el momento en que se cometió la infracción y el vigente cuando se impuso
4.- la reducción del 50% de multas solo aplica a los REPECOS
5.- la solicitud de condonación o reducción de multas podrá ser vía escrito libre o vía Internet, asimismo, se hará esta solicitud bajo el supuesto de que la falta de pago obedece a la desaparición de lacapacidad económica del contribuyente (Art. 74 del CFF)
Por vía internet, se deben ingresar a la página WWW. SAT.GOB,MX, en Mi Portal, ingresando el RFC y la CIEC reforzada
6.- el efecto fiscal de la condonación y reducción de multas es que se consideran gravadas de conformidad a lo especificado en la LISR en sus Arts. 17, 20 y 167 fracc. I
7.- El pasado 29 de abril, la SHCP dio a conoceren el DOF, la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009-2010, la cual entró en vigor el 1o. de mayo
Esta resolución miscelánea contempla la regla I.2.22.1, que expresa lo siguiente:
I.2.22.1. Reducción de multas y aplicación de tasa de recargos por prórroga
Se adiciona esta regla para señalar que para los efectos del artículo 70-A del CFF en relación con el artículo 88 de su Reglamento, los...
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