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SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
CONCEPTO 220 104519 DE 2010
2010-11-02La conversión de la empresa unipersonal a una sociedad por acciones simplificada S.A.S., se hará por documento privado; en los demás casos, esto es, a otro tipo de sociedad,Vr. Gr. a sociedad limitada, anónima etc., seformalizará mediante escritura pública. La Superintendencia de Sociedades aseguró que para la conversión de la empresa unipersonal a una sociedad por ac ciones simplificada S.A.S., se hará por documento privado; en los demás casos, esto es, a otro tipo de sociedad, Vr. Gr. a sociedad limitada, anónima etc., se formalizará mediante escritura pública, instrumento que deberá inscribirse en el registromercantil de la cámara de comercio respectiva, así como los demás requisitos, exigidos para el tipo societario elegido, entre otros, cumplir con la exigencia de la pluralidad mínima de asociados, tener un objeto social determinado, un término de duración definido y claro está, insertarse el balance general que sirvió de base para determinar el capital de la sociedad transformada. DocumentoDisponible al Público en Enero de 2011. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES CONCEPTO 220-104519 (Noviembre 2 de 2010) Ref.: Empresa Unipersonal – Obligaciones – Me refiero a su escrito radicado en este Despacho con el número 2010-01-226265, por medio del cual eleva una consulta en los siguientes términos: 1. Una Empresa Unipersonal "XX", cuyo capital autorizado, suscrito y pagado no supera los 100 smmlv, queno tiene libros (de registro, asamblea o junta de socios) y desea transformarse a otro tipo societario S.A., S.A.S., o Ltda. 2. Esta empresa E.U. siempre ha tenido a su socio fundador como el representante legal y lo ha sido durante todo el tiempo de existencia de empresa Unipersonal, por lo tanto el socio fundador y representante legal al ver que el mismo se aprobara sus propios EstadosFinancieros, nunca elaboro los mismos, ni los aprobó mediante acta de junta de socios. Con fundamento en los anteriores hechos y en el Articulo 23 de la Carta Política, me permito presentar respetuosamente las siguientes peticiones: PRIMERO: Una Empresa Unipersonal,(E.U.) cuyo representante legal es el mismo socio fundador, debe llevar libro de Junta de Socios y de registro de accionistas? o que libros debellevar? SEGUNDO: Una E.U. debe realizar informe de gestión, reparto de utilidades y aprobar estados financieros, bajo el entendido que el único socio fundador ha sido durante todo el tiempo de existencia de la empresa unipersonal el representante legal de la misma? TERCERO: debe realizar asamblea de junta de socios para aprobar Estados Financieros, teniendo en cuenta que el único socio fundadores el representante legal de la E.U. O NO esta obligado a realizar reuniones d Junta de Socios mientras el fundador de la E.U. sea el mismo representante legal? CUARTO: es necesario que una Empresa Unipersonal E.U. deba llevar por ejemplo libro de Registro de Accionistas, y de Junta de Socios... bajo el entendido que es el socio fundador el representante legal y único socio de la empresa? y queotros libros debería llevar o no requiere de libros? QUINTO: Que pasa si por ejemplo una sociedad Comanditaria, E.U. LTDA. S.A. o SAS. por ejemplo no llevan libros de junta o asamblea de accionistas, de registro de accionistas o de junta directiva, según sea el caso, a que sanciones se ve expuesta cado de estos tipos societarios? SEXTO: es obligación imprimir en el acta de junta de socios o deasamblea de accionistas o de junta directiva, los estados financieros que se aprueban?, que pasa si no se insertan los mismos? que pasa si no se adjunta el informe del revisor fiscal? que pasa si no se realiza elinforme de gestión por parte del gerente? Para empezar se precisa, que a la luz del artículo 71 de la Ley 222 de 1995, la empresa unipersonal es una persona jurídica mediante la cual una...
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