Contador
Señores
CAJA DE COMPENSION FAMILIAR COMFENALCO QUINDIO
Subsidio Familiar
La Ciudad.
ASUNTO: BENEFICIO LEY 1429 DE 2010
Por medio de presente me permitoinformar que como pequeña empresa, que nació en abril del presente año, nos acogemos a los beneficios establecidos en la Ley 1429 de 2010, en el artículo 5, que indica: “ARTÍCULO 5. Progresividad en elpago de los parafiscales y otras contribuciones de nómina. Las pequeñas empresas que inicien su actividad económica principal a partir de la promulgación de la presente ley, realizarán sus aportes alSENA, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, así como el aporte en salud a la subcuenta de solidaridad del FOSYGA de forma progresiva, siguiendo los parámetros mencionados a continuación: Cero porciento (0%) del total de los aportes mencionados en los dos primeros años gravables, a partir del inicio de su actividad económica principal. Veinticinco por ciento (25%) del total de los aportesmencionados en el tercer año gravable, a partir del inicio de su actividad económica principal. Cincuenta por ciento (50%) del total de los aportes mencionados en el cuarto año gravable, a partir del iniciode su actividad económica principal. Setenta y cinco por ciento (75%) del total de los aportes mencionados en el quinto año gravable, a partir del inicio de su actividad económica principal. Cientopor ciento (100%) del total de los aportes mencionados del sexto año gravable en adelante, a partir del inicio de su actividad económica principal….”
Así mismo, es importante tener presente lo queestablece el parágrafo 2 que indica: “Parágrafo 2. Los trabajadores gozarán de todos los beneficios y servicios derivados de los aportes mencionados en el presente artículo desde el inicio de surelación laboral, sin perjuicio de los trabajadores actuales.”
Por lo anterior, los trabajadores tienen derecho a tener todos los beneficios de recreación, educación y subsidio familiar tal como lo...
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