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Páginas: 8 (1822 palabras) Publicado: 22 de octubre de 2014
Reitero en la presente colaboración, por ya haberlo hecho en colaboraciones anteriores, bajo los títulos “CONTABILIDAD ELECTRÓNICA... REGULACIÓN DE VANGUARDIA... PERO INCONSTITUCIONAL...”; “CONTABILIDAD ELECTRÓNICA... INCONSTITUCIONAL... SU ENVIO AL SAT...”; y “CONTABILIDAD ELECTRÓNICA... TOTAL PRORROGA... HASTA EL 2015...”, publicadas en la presente columna, que el envío por parte de loscontribuyentes cautivos, de información contable de su contabilidad electrónica, a la página de internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT), vía el buzón tributario regulado por el artículo 17 K, del Código Fiscal de la Federación, vigente a partir del 1o de enero de 2014, en cumplimiento a las reglas 1.2.8.6, fracciones I, II y III; 1.2.8.7, fracciones I, II y III, y artículo Décimo TerceroTransitorio de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, publicada en el Diario Oficial de la Federación por parte del SAT, en fecha 04 de junio de 2014, resulta del todo inconstitucional, toda vez que en base a los derechos humanos reconocidos en los párrafos primero, decimoprimero y decimosexto del artículo 16 de la Constitución Política Federal, encorrelación con los artículos 1o segundo párrafo, 14 y 31 fracción IV de la misma Ley Fundamental, tenemos que el legislador no puede facultar a cualquier autoridad para emitir todo tipo de actos de molestia, sino que está obligado a hacerlo dentro de las facultades y límites que impone el marco jurídico al que debe sujetarse cada autoridad, en función de las obligaciones que correlativamente tienenlos gobernados, de ahí que en tratándose de las autoridades fiscales, el legislador sólo puede facultar a éstas para emitir los actos de molestia con relación a la obligación constitucional de los gobernados de contribuir para los gastos públicos, que tiendan a verificar su cumplimiento, pues sólo en relación con ésta se justifican sus facultades e incluso su existencia.

Lo anterior en razón,que la disposición legal mencionada que le da vida jurídica al buzón tributario; y las señaladas reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2014, mismas que facultan al SAT, sin mediar orden de visita domiciliaria u oficio de inicio de revisión de escritorio o de gabinete, para que de manera mensual tenga en su página de internet información contable de la contabilidad electrónica de loscontribuyentes cautivos, sin el establecimiento de periodos específicos, y sin el señalamiento de qué impuestos en posterior pueden ser objeto de revisión y fiscalización, resultan ser inconstitucionales en términos de los artículos de nuestra Ley Fundamental a que hago cita, aunado que en la reforma efectuada al artículo 28 fracción IV del Código Fiscal de la Federación para el presente año de2014, no se reguló con que finalidad se requiere de manera mensual información contable de la contabilidad electrónica del contribuyente.



Máxime, que el precisado envío mensual de información contable, de la contabilidad electrónica de los contribuyentes cautivos a la página de internet del SAT, eventualmente, se traduce en que se encuentren sometidos de forma indefinida a una fiscalización decarácter genérico, derivado de que la autoridad hacendaria estará en aptitud de auditarlos con tal medida, sin tener que comunicarles el inició dicha facultad revisora, ni respecto de qué contribuciones, y mucho menos con relación a que periodo o periodos, en contravención directa, manifiesta y franca, de los derechos humanos reconocidos en los textos de los artículos de nuestra ConstituciónPolítica Federal, que ya han quedado precisados, puesto que de un análisis preliminar al diverso artículo 53-B, fracción I, del Código Fiscal de la Federación vigente a partir del 1o de enero de 2014, se advierte que la autoridad hacendaria sólo está obligada a comunicar al contribuyente cautivo correspondiente, de la resolución provisional en que le exponga la probable irregularidad en que incurrió...
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