Contadora
Art. 213.- Las superintendencias son organismos técnicos de vigilancia, auditoría, intervención y control de las actividades económicas, sociales y ambientales, y de losservicios que prestan las entidades públicas y privadas, con el propósito de que estas actividades y servicios se sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés general.
Funciones de lasSuperintencias:
Las facultades específicas de las superintendencias y las áreas que requieran del control, auditoría y vigilancia de cada una de ellas se determinarán de acuerdo con la ley.
Lassuperintendencias serán dirigidas y representadas por las superintendentas o superintendentes.
Las superintendentas o los superintendentes serán nombrados por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Socialde una terna que enviará la Presidenta o Presidente de la República, conformada con criterios de especialidad y méritos y sujeta a escrutinio público y derecho de impugnación ciudadana.
Requisitospara ser Superintendente:
La ley determinará los requisitos que deban cumplir quienes aspiren a dirigir estas entidades.
DESIGNADOS NUEVOS SUPERINTENDENTES
El Pleno del Consejo deParticipación Ciudadana y Control Social – CPCCS designó el jueves 30 de diciembre, a los Superintendentes de Bancos y Seguros, Pedro Enrique Solines Chacón, y de Telecomunicaciones, Fabián Jaramillo, luego decumplir con el proceso de veeduría e impugnación ciudadana.
Como señala el Art. 17 del Reglamento para la Designación de la Primera Autoridad de la Procuraduría General del Estado y de lasSuperintendencias, por ternas propuestas por el Ejecutivo, el Pleno del CPCCS remitirá a la Asamblea Nacional la resolución con los nombres de las autoridades designadas para su posesión.
Para ver la hoja de vidadel nuevo Superintendente de Bancos y Seguros usted puede ingresar en el siguiente enlace: Pedro Solines Chacón.
Para ver la hoja de vida del nuevo Superintendente de Telecomunicaciones usted...
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