CONTADORA
Al respecto, el artículo 124, segundo párrafo de la citada Ley, señala que tratándose de vehículos detransporte el costo comprobado de adquisición se disminuirá a razón del 20%, por cada año transcurrido entre la fecha de adquisición y la de enajenación, precisando que cuando los años transcurridos seanmás de 5, se considerará que no hay costo de adquisición.
Por su parte, el artículo 126, cuarto párrafo de la Ley del ISR, dispone que tratándose de la enajenación de otros bienes (como en el caso loson los automóviles), el pago provisional será por el monto que resulte de aplicar la tasa del 20% sobre el monto total de la operación, y será retenido por el adquirente si éste es residente en elpaís o residente en el extranjero con establecimiento permanente en México, excepto en los casos en los que el enajenante manifieste por escrito al adquirente que efectuará un pago provisional menor ysiempre que se cumpla con los requisitos que señale el Reglamento de la Ley del ISR.
Es importante resaltar que la última oración del artículo 126, cuarto párrafo de la citada Ley, establece que entodos los casos deberá expedirse el comprobante fiscal en el que se especificará el monto total de la operación, así como el impuesto retenido y enterado.
Continúa señalando el artículo 126 de la...
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