Contesta demanda ejecutiva hipotecaria
SEÑORES
JUZGADO VEINTICUATRO CIVIL MUNICIPAL DE MEDELLÍN
Radicado 2008-00818
Contesta demanda Ejecutiva hipotecario deSandra Patricia Correa Vargas contra Armando Chavarriaga Escobar
Jean Ortiz Estrada, mayor de edad, vecino de Medellín- Antioquia, Abogado titulado en ejercicio identificado con la Cédula deCiudadanía 71.638.105 de Medellín, con tarjeta profesional 127.936D-2 expedida por el Consejo Superior de la Judicatura, actuando en condición de apoderado del señor Armando Chavarriaga Escobar, porintermedio del presente escrito, descorro el traslado de la demanda en los siguientes términos.
HECHOS
PRIMERO: Cierto
SEGUNDO: Cierto
TERCERO: Cierto
CUARTO: Cierto
QUINTO:Cierto
SEXTO: No nos consta, deberá probarse
SÉPTIMO: No es cierto, como quiera que las escrituras a las que se refiere el Demandante, no están soportadas por un título valor. A las mencionadasles falta el título valor que le sirva de respaldo, el titulo hipotecario nunca sirve por sí solo para sustentar un cobro compulsivo, como quiera que de el dimana una obligación de carácteraccesorio, que necesita siempre de la existencia de una obligación principal para ser ejecutable.
OCTAVO: Es cierto
PRETENSIONES
Primera: Nos oponemos como quiera que a la demandadaejecutiva en cuestión le falta el titulo valor que le sirva de respaldo; el título hipotecario nunca sirve por sí solo para sustentar un cobro compulsivo, como quiera que de él dimana una obligación decarácter accesorio, que necesita siempre de la existencia de una obligación principal para ser ejecutable. La hipoteca por su accesoriedad que es sustancial, sigue la suerte de lo principal. Elacreedor no puede pretender que ejecuta la hipoteca independiente de los títulos que ella garantiza. La hipoteca no deje de ser una cautela de una obligación cambiaria, conforme al artículo 2457...
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