Contestacion Agravios Vs Sentencia Definitiva Alimentos
VS.
MIGUEL CANO GARCÍA.
JUICIO: CONTROVERSIA FAMILIAR
(ALIMENTOS)
EXP: 884/2007 SEC: “B”
C. JUEZ NOVENO DE LO FAMILIAR
EN EL DISTRITO FEDERAL.
P R E S E N T E
MIGUEL CANO GARCÍA, con la personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos al rubro indicado, señalando como domicilio para oír notificaciones yrecibir documentos el ubicado en la calle de Playa Erizo, número 36, despacho 1, Colonia Reforma Iztaccihuatl, Código Postal 08810, Delegación Iztacalco, en esta Ciudad y autorizando en términos del cuarto párrafo del artículo 112 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Distrito Federal como mis abogados patronos a los Licenciados en derecho LUIS ALBERTO TORRES HUERTA (cédulaprofesional 3793205), JOSÉ LUIS DEL VILLAR CHAVEZ, ARTURO LÓPEZ CORONADO (cédula Profesional 3196272), ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:
Que por conducto del presente escrito, vengo a DAR CONTESTACIÓN A LOS INFUNDADOS, INOPERANTES E IMPROCEDENTES AGRAVIOS que expresa la parte actora LIDIA SANCHEZ DELGADILLO en su escrito de apelación que hace valer en contra del auto de fecha TRESde AGOSTO de 2007 dictado por su Señoría en el presente asunto, contestación que hago en lo siguientes términos:
SE CONTESTAN AGRAVIOS:
PRIMERO.- ES TOTALMENTE INFUNDADO, INOPERANTE E IMPROCEDENTE el agravio que se contesta, toda vez que el auto que se combate se encuentra apegado a derecho, lo anterior es así, debido a que del referido auto que obra en autos del juicio principal en quese actúa, se advierte claramente que la autoridad judicial ordena que con las copias simples exhibidas se corra traslado a LA DEMANDADA RECONVENCIONISTA para que dentro del término y con los apercibimientos de ley produzca su contestación a la reconvención que fue instaurada en su contra, robusteciendo lo anterior, el hecho de que el auto que por esta vía se combate fue debidamente dictado dentrodel expediente en el que LIDIA SANCHEZ DELGADILLO es parte actora y por lógica jurídica y elemental, la única persona en contra de quien se puede ejercer la acción reconvencionista, además de que en el referido auto la autoridad judicial por lo menos refiere dos veces el nombre de la actora reconvencionista LIDIA SÁNCHEZ DELGADILLO, así, tomando de base lo expuesto, es claro que nos encontramosfrente a un mero y simple error mecanográfico el cual, en esencia no causa ningún perjuicio a la hoy recurrente, incluso y con la finalidad de fortalecer el argumento vertido, debe precisarse que el agravio que se contesta resulta además inoperante, en virtud de que tal y como se advierte de las constancias de autos la hoy apelante LIDIA SANCHEZ DELGADILLO con fecha 17 de agosto de 2007 dio y exhibióen tiempo y forma contestación a la demanda reconvencional promovida en su contra, ejerciendo así su derecho de audiencia y manifestando lo que a su derecho convino en relación con dicha demanda reconvencional, por lo que en ningún momento se le dejó en estado de indefensión, ni mucho menos le para perjuicio alguno la emisión del auto que se combate, quedando claro que lo único que intenta laapelante es retrasar y entorpecer el sano transcurso del procedimiento que en lo principal nos ocupa, incluso, de constancias de autos se puede constatar que el Licenciado Francisco Esteban Hernández Alvarez con Cédula Profesional número 3295364, en su carácter de autorizado de la parte actora desde el escrito inicial de demanda (autorización decretada en el proveído de fecha 21 de junio de 2007) eldía 10 de Agosto de 2007 recogió copias simples de traslado de la reconvención planteada, asentando la razón correspondiente, (razón que obra signada y debidamente autorizada al reverso de la foja 72 del expediente principal en que se actúa), con lo cual, la parte actora en el principal estuvo en posibilidad de dar contestación en tiempo y forma a la demanda reconvencional instaurada en contra...
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