contestacion demanda ejecutiva con titulo hipotecario
Señor(a)
JUEZ CUARTO CIVIL MUNICIPAL DE CALI
E. S. D.
Ref: Contestación Demanda
Radicado: 2011-00096-00
JOSÉ EUSEBIO MORENO, mayor de edad, vecino y domiciliado en la ciudad de Cali, identificado civil y profesionalmente tal como aparece al pie de mi correspondiente firma, actuando en calidad de apoderado judicial en virtud del Poder EspecialAmplio y Suficiente que me han conferido los señores GILBERTO SAAVEDRA SÁNCHEZ, también mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con cédula de ciudadanía No. 2.446.257 de Cali-Valle y MARÍA DEL ROSARIO DUQUE DE SAAVEDRA, igualmente mayor de edad, vecina de esta ciudad, identificada con cédula de ciudadanía No. 38.986.759 de Cali-Valle, para que en sus nombres y representaciones Conteste yExcepcione Demanda Ejecutiva Singular con Acción Mixta, que cursa en su despacho, propuesta por el señor JAVIER DE JESÚS AGUDELO OROZCO, persona mayor de edad, y vecino de esta localidad, identificado con cédula de ciudadanía No. 3.509.797 de Jardín-Antioquia, a través de apoderada judicial, estando dentro de los términos legales la contesto así:
A LOS HECHOS
1) Es cierto parcialmente, todavez que la suma en mención se encuentra reflejada, en dos (2) pagares, uno por la suma de siete millones de pesos y otro por la suma de qui-nientos mil pesos, para un total de siete millones quinientos mil pesos Mcte, ($7.500.000.oo).
2) No me consta, toda vez que los títulos valores fueron creados y firmados por los acreedores en blanco, pero no obstante lo anterior aparecen autenticados confecha trece (13) de diciembre de 2004.
3) No me consta, como se dijo anteriormente los títulos valores fueron creados y firmados por los acreedores en blanco.
4) Es cierto parcialmente, toda vez que el referido título valor fue creado y firmado por el acreedor señor Gilberto Saavedra Sánchez en blanco, no obstante lo anterior aparece autenticado por mi mandante con fecha dos (2) de enero dedos mil ocho (2008). Al respecto hay que aclarar que para el momento de la notificación de esta demanda ya había operado el fenómeno de la Prescripción de la Acción Cambiaria.
5) No me consta, toda vez que no aparece en el traslado de la demanda ningún anexo de recibo de pago de intereses firmado y a nombre de los esposos acreedores o a título personal del señor Gilberto Saavedra Sánchez, soloaparecen unos cuadros que realizó la parte demandante, sin que fueran aceptados o controvertidos por la parte demandada.
En cuanto al requerimiento tampoco aparece dicha prueba en el traslado de la demanda, por consiguiente no me pronunciare al respecto por considerar que son solo apreciaciones personales de la parte demandante.
6) No me consta, que se pruebe en el proceso.
7) No escierto que a la fecha exista una obligación clara, expresa y actualmente exigible, toda vez que los pagares creados y firmados por los esposos Saavedra Duque, es decir el pagaré por la suma de siete millones Mcte, ($7.000.000.oo) y el pagaré por la suma de Quinientos Mil pesos Mcte, (500.000.oo), para los mismos ya había operado la Prescripción de la Acción Cambiaria de cobro al momento depresentar la demanda.
8) No debe ordenarse el pago, toda vez que como se dijo anteriormente, ya operó la Prescripción de la Acción Cambiaria de cobro.
9) Es cierto toda vez que así lo hace saber el poder para actuar que aporta.
A LAS PRETENSIONES
En defensa de mis mandantes los señores GILBERTO SAAVEDRA SÁNCHEZ, mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con cédula de ciudadanía No.2.446.257 de Cali-Valle y MARÍA DEL ROSARIO DUQUE DE SAAVEDRA, me opongo a cada una de ellas y a todas en general.
EXCEPCIONES DE FONDO
a) COBRO DE LO NO DEBIDO: Fundamento esta excepción teniendo en cuanta que al momento de la notificación de la demanda al demandado señor GILBERTO SAAVEDRA SÁNCHEZ, el día doce (12) de Marzo de dos mil trece (2013), el Titulo Valor Pagaré No. P-76853664,...
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