contestacion a excepciones y defensas
VS
TRANSPORTADORA LECIA S.A. DE C.V.
JUCIO: ORAL MERCANTIL
EXPEDIENTE: 479/2015
C. JUEZ PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DEL SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL EN
CUAUTITLAN ESTADO DE MEXICO
MARTIN ARMAS ARZOLA, promoviendo como apoderado legal de AXA SEGUROS S.A. DE C.V., personería que tengo debidamente acreditada en autos del presente juicio, comparezco y expongo losiguiente:
Que por medio del presente escrito, vengo en tiempo y forma a desahogar la vista ordenada por su Señoría, en auto de fecha veintinueve de mayo del dos mil quince y publicado el día uno de junio del mismo año, en relación a la contestación de la demanda y a las Excepciones y Defensas que hace valer la parte demandada, mismos que se contestan en el mismo tenor en que fueron vertidos porel demandado:
Cabe aclarar que el demandado en su contestación a los hechos del escrito inicial de demanda cae en un sinfín de contradicciones ya que manifiesta que la fecha marcada en el hecho 2 del escrito inicial de demanda no tiene relación alguna con la carta porte situación que a todas luces nos demuestra la conducta con la que se dirigirá el presente juicio ya que como el mismo lomanifiesta ya cubrió pago del siniestro que ahora se le demanda de fecha 4 de noviembre del año 2014. Así en esta misma línea señala que no acreditamos la propiedad de la mercancía cuando su mismo apoderado legal de nombre JUAN CASTILLO JUAREZ ante autoridad judicial exhibió la misma guía de embarque amparando la mercancía que le fue robada junto con su vehículo en el que eran transportadas la guía deembarque número GE 280305811 tal y como queda acreditado en la Averiguación Previa (carpeta de Investigación) 18992/2014 misma que se exhibió al escrito inicial de manda como anexo 5.
Así mismo manifiesta no haber recibido carta de reclamación tratando de hacer caer en el error a su señoría manifestando que no corresponde la guía de embarque por un error humano el cual consta de un número de más enel caso que nos ocupa un (2) dejando de observar que la fecha corresponde al siniestro que se le demanda 04 de noviembre del 2014 así como la sucursal a donde debería de entregarse y que se plasma a su ven en la misma guía d embarque, sucursal que se identifica como PUERTO VALLARTA MARINA 73.
Por lo anterior solo podemos observar la conducta dolosa con la que el hoy demanda se conduce para asíevitar la responsabilidad que le impone la ley al ser un permisionario del Servicio Público Federal tal y como lo obliga a responder la Ley de Caminos Puentes y Autotransporte Federal en su artículo 66 fracción V, y 67, así mismo los artículos 583 y 592 y demás relativos y aplicables del Código de Comercio de igual forma la circular EMITIDA POR LA Secretaría de Comunicaciones y Transportespublicada en el Diario Oficial con fecha 29 de Octubre de 1992 denominada “CIRCULAR POR LA QUE SE APREUBAN LOS MODELOS DE CARTA PORTE PARA EL SERVICIO PUBLICO FEDERAL DE AUTOTRANSPORTE DE CARGA Y PARA EL DE VEHICULOS SIN RODAR, ASI COMO LAS CONDICIONES DE TRANSPORTE Y ANEXOS”
Ahora bien, procedo a manifestar respecto a las excepciones y defensas de acuerdo al orden que declara la ahora demandada:
1.- Encuanto a la excepción derivada de la FALTA DE ACCION Y DERECHO, manifiesto que la misma resulta improcedente, toda vez que mi representada tiene el derecho de demandar los daños en virtud de su derecho de subrogación que establece el artículo 111 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro. Además, mi representada al momento de indemnizar a su asegurado, y subrogarse (sustituirse) en los derechos deeste, puede ejercitar acción judicial en contra de quien tenga responsabilidad hacia el asegurado, responsabilidad que tiene TRANSPORTADORA LECIA, S.A. DE C.V.
2.- En cuanto a la excepción SINE ACTIONE LEGIS esta no es una excepción al amparo de los nuevos criterios de nuestro máximo órgano jurisdiccional, por lo tanto deberá ser desestimada, como a continuación se ilustra:
Época: Quinta Época...
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