contestacion
No xxxx/2014-IV
C. JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
P R E S E N T E.
xxxxxxx, Mexicano, mayor de edad compareciendo por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír notificaciones en la Primera Privada de la Calle Gómez Pedraza # 1 de la colonia Belén Chico, San Andrés Tuxtla, Veracruz, autorizando para que las reciba en minombre y representación a los LICS. ERICK RIVERA SANCHEZ Y SERGIO ANDRES GONZALEZ ALVAREZ en términos de los artículos 89 y 49 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, ante usted respetuosamente comparezco:
Por medio del presente escrito y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 213 del código de Procedimientos civiles para el Estado deVeracruz, vengo en tiempo y forma a dar CONTESTACIÓN AD CAUTELAM a la improcedente demanda interpuesta en contra del suscrito, en los siguientes términos:
En cuanto a las prestaciones:
a).- Se acepta el derecho de mi hija a percibir una pensión alimenticia, misma que deberá ser fijada por el Juez en los términos de proporcionalidad que fija la ley, de acuerdo al Código Civil para el Estadode Veracruz, igualmente se acepta el pago de una pensión alimenticia definitiva únicamente para mi menor hija de nombre CITLALY IGNOT RUIZ, siempre y cuando sea una parte proporcional y equitativa de mi salario, y la misma pensión se encuentre apegada a derecho; pensión que Su Señoría deberá de dictar de acuerdo a la verdad de los hechos, ya que la pensión alimenticia provisional dictadaactualmente se encuentra apegada a hechos falsos y mentirosos expresados por la actora en su escrito inicial de demanda, hechos que más adelante quedarán desvirtuados en el presente escrito de contestación de demanda.
No obstante lo anterior cabe manifestar que el porcentaje del 50% de mi salario y prestaciones es una suma muy elevada y deviene en un perjuicio patrimonial para el suscrito y me restringemis posibilidades de obtener los satisfactores económicos que requiero para sobrevivir dignamente.
Además de que la actora trabaja en nieves el GÜERO GÜERO con la señora ELISA SEBA de quien desconozco sus generales completas, aunado a que ella estudió la licenciatura en administración, misma que yo le pagué en el Instituto Tecnológico Superior de San Andrés Tuxtla, por lo que ellatambién tiene la obligación de proporcionar alimentos a favor de mi menor hija, por consecuencia legal ella no tiene derecho a percibir alimentos por su propio derecho en virtud de que no se encuentra dentro de los supuestos contemplados en el artículo 233 del Código Civil, aunado a que se ostenta en calidad de concubina, lo cual es falso, no tenemos ninguna relación de concubinato y de sercierto la actora hubiese presentado prueba alguna como lo establece el artículo 210 del Código de procedimientos Civiles vigente en el Estado.
Por lo que tiene aplicación la siguiente tesis jurisprudencial:
“CONCUBINATO. LOS DERECHOS QUE PRODUCE ENTRE LOS CONCUBINOS SÓLO DURAN MIENTRAS LA RELACIÓN SUBSISTA.-A diferencia de lo que ocurre con el matrimonio, relación civil en que los cónyuges se unencon el propósito de constituir una familia, de forma permanente, tanto así que para crearlo o disolverlo se requiere seguir ciertas formas establecidas por el derecho, y sólo puede conseguirse si lo sanciona una autoridad competente, el concubinato es la relación que se crea entre un hombre y una mujer, por el hecho de vivir como marido y esposa durante un término preestablecido por la ley, la queno puede dejar de reconocer que también de esta forma se constituyen lazos familiares de afecto y ayuda mutua, sobre todo si se procrean hijos; pero esta clase de vínculo sólo es reconocida por el derecho, mientras perdure la situación de hecho así creada. En este sentido, Marcel Planiol y Georges Ripert sostienen en el libro Derecho Civil, Editorial Harla, 3a. edición, Librería General del...
Regístrate para leer el documento completo.